Resolución N° 151 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor18 de Junio de 2021
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fecha de la disposición29 de Abril de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXVIII - Nº 122
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 18 DE JUNIO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
Ejecución de la Obra: “Refuerzo de la Iluminación del Recinto de la Nueva
Legislatura Provincial, ubicada en Av. Emilio Olmos N° 606 – Barrio Cen-
tro – Localidad Córdoba - Capital”, que corre a fojas dos (2) a fojas ciento
nueve (109) del presente Expediente.
ARTICULO 2º: ADJUDICAR la ejecución de los trabajos enunciados
en el artículo primero a la Empresa GRUPO CUMBRE S.R.L. (CUIT N° 30-
71214135-9), conforme la Propuesta aceptada y presupuesto cotizado por
la misma, por la suma de PESOS CUATRO MILLONES SETECIENTOS
NOVENTA Y CINCO MIL CON 00/100 ($4.795.000,00), jándose un plazo
de TREINTA (30) días para su ejecución.
ARTICULO 3º: IMPUTAR el egreso que demande la presente adju-
dicación conforme lo indica la Dirección General de Administración del
Ministerio de Obras Públicas, en Documento de Contabilidad – Nota de
Pedido Nº 2021/000150 (fs. 109) por la suma de Pesos Cuatro Millo-
nes Setecientos Noventa y Cinco Mil con 00/100($ 4.795.000,00), con
cargo a la Jurisdicción 1.50 - Programa 506-011 – Partida 12.06.00.00
Obras – Ejecución por Terceros, imputándose al Ejercicio Presupuesta-
rio Vigente Año 2021.
ARTICULO 4º: PROTOCOLICESE, PASE a la Dirección General
de Administración del Ministerio de Obras Públicas, DESE INTERVEN-
CION al Honorable Tribunal de Cuentas, NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUE-
SE en el Boletín Oficial y PASE a la División Licitaciones y Contratos, a
sus efectos.
FDO.: MANUEL GRAHOVAC, SECRETARIO DE ARQUITECTURA.
Resolución N° 151
Córdoba, 29 de Abril de 2021
EXPEDIENTE Nº 0047-008781/2021
VISTO este expediente en el que obran las actuaciones relacionadas con
la Compulsa Abreviada N° 05/2021, efectuada el día 13/04/2021, para
Contratar la Ejecución de la Obra: “Reparación de la Iluminación Exterior
del Parque del Faro del Bicentenario y del Centro Cultural Córdoba, ubi-
cados en Av. Poeta Lugones N° 401 – Barrio Nueva Córdoba – Localidad
Córdoba - Capital”, con un Presupuesto Ocial de $ 4.264.668,30.
Y CONSIDERANDO:
QUE las presentes actuaciones dan cuenta de los trabajos de repa-
ración en la iluminación del Parque del Bicentenario y del Centro Cultural
Córdoba, siendo los espacios a intervenir: Sector 1: Ingreso al Parque del
Faro del Bicentenario desde Av. Lugones, se reemplazarán por tecnología
LED 21 proyectores iluminando existentes en 7 torres ubicadas sobre el
lateral derecho iluminando en dirección al CCC. Sectores 2 y 3: se deberán
reemplazar los equipos auxiliares y lámparas de 42 farolas existentes, de
la tipología ATLANTIS de LUCCIOLA.
QUE a fs. 03/11 corre agregada la documentación técnica elaborada
por la Dirección General de Proyectos, para la contratación de la obra
descripta, consistente en: Memoria Pliego, Plano N° 1 (Intervención), Pre-
supuesto de Instalación Eléctrica, por la suma de Pesos Cuatro Millones
Doscientos Sesenta y Cuatro Mil Seiscientos Sesenta y Ocho con 30/100
($ 4.264.668,30), precio calculado a ENERO/2021,previéndose un plazo
de ejecución de obra en SESENTA (60) días, a contar de la fecha en que
se suscriba el Acta de Replanteo.
QUE a fs. 13/40 consta incorporado el Pliego Particular de Condiciones
base de la presente Compulsa Abreviada, obrando a fs. 43 el Documen-
to Contable oportunamente elaborado a nivel de afectación preventiva del
gasto, conforme el monto del Presupuesto Ocial, en los términos del Art.
13º de la Ley de Obras Públicas Nº 8614.
QUE a fs. 41 se adjunta la Estructura de Costos y fórmula polinómica
confeccionada por Sección Costos a los nes prescriptos por el Art. 4 Inc.
b) del Anexo I al Decreto 800/16.
QUE a fs. 46/47 corren agregadas constancias de las invitaciones elec-
trónicas cursadas a tres (3) rmas del medio, habiéndose receptado las
propuestas que da cuenta el Acta de Apertura de Ofertas obrante a fs. 101,
correspondientes a las Empresas: ELECTRO TEC S.R.L. GRUPO CUM-
BRE S.R.L. y CEDE S.R.L.
QUE a fs. 105/106, obra informe elaborado por la Comisión de Estu-
dio de Ofertas, designada mediante providencia del Señor Secretario de
Arquitectura (fs. 104), en base a la Resolución N° 067/2021 (fs. 102/103),
manifestando que la totalidad de los oferentes acreditan haber acompaña-
do la documentación relacionada con los requisitos esenciales previstos en
el Art. 10° del Pliego Particular de Condiciones.
QUE señala, en consecuencia, fueron correctamente admitidos al presen-
te procedimiento de selección, al igual que los restantes requerimientos estipu-
lados en el citado artículo, acreditando de tal suerte su capacidad jurídica para
obligarse contractualmente con la Administración Pública Provincial.
QUE conforme a lo expuesto, se procedió a comparar las tres (3) pro-
puestas presentadas y válidamente admitidas con el Presupuesto Ocial
oportunamente elaborado:
Oferente N° 1 ELECTRO TEC S.R.L. – Monto de Oferta: $5.056.885,05
– Variación s/ Presupuesto Ocial: +18,58%. Requisitos Legales: Cumple –
Requisitos Técnicos: Cumple.
Oferente N° 2 GRUPO CUMBRE S.R.L. – Monto de Oferta: $4.264.211,80
– Variación s/ Presupuesto Ocial: -00,01%. Requisitos Legales: Cumple –
Requisitos Técnicos: Cumple.
Oferente N° 3 CEDE S.R.L. – Monto de Oferta: $4.763.402,96 – Variación
s/ Presupuesto Ocial: +11,96%. Requisitos Legales: Cumple – Requisitos
Técnicos: Cumple.
QUE del análisis efectuado, se constata que el precio cotizado por la
Proponente N° 2 GRUPO CUMBRE S.R.L., resulta ser el más conveniente
en los términos del Art. 29 de la Ley de Obras Públicas N° 8614, represen-
tando un porcentaje del 00,01 % por debajo del Presupuesto Ocial, por lo
que la oferta se considera razonable económicamente.
QUE del análisis técnico, maniesta la Comisión de Estudios de Ofer-
ta que las proponentes acreditan contar con capacidad técnica para los
trabajos de esta contratación, en los términos del art. 14 del Pliego y con-
forme surge de la Declaración de Obras para el Registro de Antecedentes

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