Resolución N° 151 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor10 de Agosto de 2018
EmisorMinisterio de Agua, Ambiente y Servicios Públicos
Fecha de la disposición 1 de Agosto de 2018
VIERNES 10 DE AGOSTO DE 2018
AÑO CV - TOMO DCXLIV - Nº 150
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
MINISTERIO DE AGUA, AMBIENTE Y
SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución N° 151
Córdoba, 01 de agosto de 2018
VISTO: la necesidad de materializar la creación de un nuevo Parque Nacio-
nal en la Región del Mar de Ansenuza, de la Provincia.
Y CONSIDERANDO:
Que entre los principios que inspiran la política ambiental de la Provin-
cia de Córdoba, plasmada en la Ley Provincial Nro. 10.208, se encuentra la
preservación y protección de la diversidad biológica.
Que en razón de ello, con fecha 06 de Marzo de 2017 se celebró Con-
venio Marco de Cooperación entre la Provincia de Córdoba y la Adminis-
tración de Parques Nacionales para la creación de dos áreas naturales
protegidas en el territorio de la Provincia, el cual, junto con su Addenda de
fecha 06 de Junio de 2017, fue aprobado por Ley Provincial Nro. 10.480.
Que conforme surge de la Cláusula Primera del mencionado Convenio,
el mismo tiene por objeto: “…establecer entre las partes una relación de
cooperación para: a) Formular y ejecutar una estrategia de conservación
por medio de la creación de dos Áreas Protegidas Nacionales, … en el
territorio de LA PROVINCIA, a n proteger y resguardar los diversos com-
ponentes del patrimonio natural y cultural cordobés, y a la vez asegurar el
mantenimiento de zonas de amortiguamiento y conectividad del entorno
entre las áreas protegidas nacionales … y b) Realizar, en el marco de dicha
estrategia, actividades conjuntas o combinadas de promoción, difusión,
educación, capacitación, investigación, planicación y gestión relacionada
con la creación y manejo de Áreas Protegidas en LA PROVINCIA.
Que en ese orden de ideas resulta necesario crear la “Unidad Ejecuto-
ra - Parque Nacional Ansenuza”, que funcionará dentro de la órbita de este
Ministerio.
Que la referida Unidad estará integrada por un Coordinador General
que tendrá a su cargo la conducción de la misma; por un Coordinador Téc-
nico que dirigirá y supervisará las cuestiones técnico-ambientales; y por el
personal profesional y administrativo perteneciente a las diferentes áreas
dependientes de esta cartera ministerial. La misma se reunirá dos veces a
la semana en la sede de este Ministerio.
Que dicha Unidad, podrá disponer la constitución de una “Mesa de
Asesoramiento” a n de obtener colaboración y asesoramiento de otras
áreas técnicas ajenas a este Ministerio, tales como: la Agencia Córdoba
Turismo Sociedad de Economía Mixta; la Unidad Ejecutora para el Sa-
neamiento de Títulos, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos; la Dirección General de Catastro y la Dirección del Registro Ge-
neral de la Provincia, ambos dependientes del Ministerio de Finanzas; el
Consejo General de Tasaciones, dependiente de la Secretaría General de
MINISTERIO DE AGUA, AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS
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MINISTERIO DE EDUCACION
DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS
Resolución N° 9 ..................................................................... pag 2
Resolución N° 10 .................................................................. pag 3
Resolución N° 11 ................................................................... pag 3
MINISTERIO DE EDUCACION
DIRECCION GENERAL DE EDUCACIÓN DE JÓVENES Y ADULTOS
Resolución N° 215 ................................................................. pag 3
Resolución N° 214 ................................................................. pag 6
MINISTERIO DE EDUCACION
DIRECCION GENERAL DE EDUCACIÓN SECUNDARIA
Resolución N° 561 ................................................................. pag 7
Resolución N° 562 ................................................................. pag 8
Resolución N° 565 ................................................................. pag 11
continua en pagina 2
la Gobernación; la Secretaría de Ganadería, dependiente del Ministerio de
Agricultura y Ganadería. Ello sin perjuicio de convocar posteriormente a
otras Entidades técnico-cientícas y/o profesionales, Organizaciones Am-
bientales, Universidades, Intendencias, Comunidades Regionales, y todos
aquellos actores sociales comprometidos con la Política Ambiental de la
Provincia.
Por ello, normativa citada y en uso de sus atribuciones conferidas por
el Decreto Provincial N° 1791/15 raticado por Ley Provincial N° 10.337;
EL MINISTRO DE AGUA, AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS
R E S U E L V E:
Artículo 1º CREAR la “Unidad Ejecutora - Parque Nacional Ansenuza”
que funcionará dentro de la órbita de este Ministerio.
Artículo 2° ESTABLECER que la referida Unidad, se reunirá dos ve-
ces a la semana en la sede de este Ministerio y tendrá como función rea-
lizar actividades conjuntas o combinadas de promoción, difusión, educa-
ción, capacitación, investigación, planicación y gestión relacionada con la
creación y manejo del Parque Nacional Ansenuza.
Artículo 3º DESIGNAR como Coordinador General al Ab. José Igna-
cio TORNO, quien tendrá a su cargo la conducción de la “Unidad Ejecutora
- Parque Nacional Ansenuza”.
Articulo 4° DESIGNAR como Coordinador Técnico al Ing. Sergio NI-
RICH RONGA; quien tendrá a su cargo la dirección y supervisión de las

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