Resolución N° 15 - Letra:A

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición20 de Febrero de 2015
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCVI - Nº 112 CÓRDOBA, 17 de Junio de 20152
Artículo 2º. El presente decreto será refrendado por el
señor Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.
Artículo 3º.PROTOCOLÍCESE, comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/oSRhjH
VIENE DE TAPA
DECRETO Nº 571
Resolución N° 11 - Letra:A
Córdoba, 20 de Febrero de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-111479/2014 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “Asociación Civil Centro de Día San
Francisco”, con asiento en la Ciudad de San Francisco, Provincia
de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona
Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales
y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 –
segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 –primer párrafo- y concordantes
del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades
conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS
JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “Asociación Civil Centro de Día San Francisco”,
con asiento en la Ciudad de San Francisco, Provincia de
Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para
actuar como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el
Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
Resolución N° 12 - Letra:A
Córdoba, 20 de Febrero de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-109140/2013 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “Fundación MISION COMPARTIDA”,
con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba,
solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales
y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 –
segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 –primer párrafo- y concordantes
del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades
conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS
JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “Fundación MISION COMPARTIDA”, con asiento
en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar
como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el
Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
Resolución N° 13 - Letra:A
Córdoba, 20 de Febrero de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-117417/2014, mediante el
cual la Municipalidad de la Ciudad de La Calera, remite las
actuaciones de la Entidad Civil denominada Centro Vecinal de
Barrio “9 de Julio”, en cumplimiento de lo normado en el artículo
4° y concordantes de la Ley Provincial N° 9420 y Decreto
Reglamentario N° 1769.-
Y CONSIDERANDO:
Que la entidad ha obtenido el reconocimiento institucional Mu-
nicipal en un todo de acuerdo la normativa vigente en la materia
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales
y fiscales exigidos a los fines de su registración y autorización
para funcionar como persona jurídica.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 33
segunda parte y concordantes del Código Civil; artículos ,
y concordantes de la Ley Provincial N° 9420, Decreto
Reglamentario N° 1769 y en uso de las facultades conferidas
por los artículos 6, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS
JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º: OTORGASE Personería Jurídica a la Entidad
Civil denominada Centro Vecinal de Barrio “9 de Julio”, con
asiento en la Ciudad de La Calera, Provincia de Córdoba.
Artículo 2º: PROTOCOLICESE, REGISTRESE, notifíquese,
publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Área Asociaciones
Civiles y Fundaciones para la inscripción pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
Resolución N° 14 - Letra:A
Córdoba, 20 de Febrero de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-112327/2014, mediante el
cual la Entidad Civil denominada “ALIANZA FRANCESA DE
CORDOBA”, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia
de Córdoba, solicita aprobación de la Reforma del Estatuto,
dispuesta en Asamblea General Ordinaria con fecha 29 de
Mayo de 2014.-
Y CONSIDERANDO:
Que atento las constancias obrantes en autos, se estiman
cumplidos los requisitos formales, fiscales, estatutarios y legales
con relación a la Asamblea General Ordinaria, celebrada con
fecha 29 de Mayo de 2014 por la Entidad Civil denominada
“ALIANZA FRANCESA DE CORDOBA”, CUIT N° 30-52911390-
7 con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba,
en la cual se resolvió la Reforma General del Estatuto, en procura
de mejorar el funcionamiento de la Entidad.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.-33
segunda parte, inc. 1º ) –35, 45 -primer párrafo- y concordantes
del Código Civil, y en uso de las facultades conferidas por los
arts. 2, 10 y correlativos de la Ley Nº 8652.
LA DIRECCIÓN DE INSPECCION DE PERSONAS
JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º.- APROBAR la Reforma General del Estatuto So-
cial, sancionada en Asamblea General Ordinaria de fecha 29 de
Mayo de 2014 “ALIANZA FRANCESA DE CORDOBA”, CUIT
N° 30-52911390-7, con asiento en la Ciudad de Córdoba,
Provincia de Córdoba .-
Artículo 2º.- DECLARAR subsistente la Personería Jurídica
otorgada por Decreto N° 5196 “A” del 18 de Noviembre de
1965.-
Artículo 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial de la Provincia, vuelva al Area de Asociaciones
Civiles para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
Resolución N° 15 - Letra:A
Córdoba, 20 de Febrero de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-117412/2014, mediante el cual
la Municipalidad de La Calera, remite las actuaciones de la
Entidad Civil denominada Centro Vecinal de B° Las Flores”, en
cumplimiento de lo normado en el artículo 4° y concordantes de
la Ley Provincial N° 9420 y Decreto Reglamentario N° 1769.-
Y CONSIDERANDO:
DIRECCIÓN DE
INSPECCN DE
PERSONAS JURÍDICAS
El Tribunal Electoral Provincial en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 58 de la Ley 9571 (Publicidad de Modelos de
Boletas), pone en conocimiento del electorado de Córdoba los modelos de Boleta Única de Sufragio con las cuales se
sufragará en todas las localidades de la provincia el próximo 5 de julio de 2015.
ANEXO
http://goo.gl/KnwlPV
TRIBUNAL
ELECTORAL PROVINCIAL
AD HOC

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