Resolución N° 15 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 2 de Mayo de 2022
Emisordirección general de prevención de
Fecha de la disposición27 de Abril de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCLXXXIX - Nº 89
CORDOBA, (R.A.) LUNES 2 DE MAYO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
al día treinta y uno de diciembre de cada año, deberán ser desafectados,
autorizándose a que dichos gastos, de considerarse necesario, se vuelvan
a imputar con cargo a los créditos previstos en la Ley de Presupuesto Ge-
neral de la Administración Pública Provincial correspondiente al ejercicio
del año siguiente al de su caducidad, debiendo los Servicios Administrati-
vos confeccionar los documentos contables pertinentes.
Que de acuerdo con lo antedicho puede accederse conforme lo propi-
cia la Jefatura de Área Administración a fs. 8.
Por ello, atento a las actuaciones cumplidas, lo dispuesto por el artículo
88 de la Ley Nº 9086 y artículo 92 de la Resolución N° 003/2018 de la Se-
cretaría de Administración Financiera,
EL DIRECTOR DE JURISDICCIÓN ADMINISTRACIÓN
A CARGO DEL SERVICIO ADMINISTRATIVO
DEL MINISTERIO DE FINANZAS
RESUELVE:
Artículo 1º APROBAR la emisión de las Órdenes de Compra Ne-
gativas –Ejercicio 2021- Jurisdicción 1.15 – Ministerio de Finanzas por
la que se desafectan los gastos comprometidos y no devengados al 31
de diciembre de 2021, en cumplimiento de lo dispuesto Artículo 88 de
la Ley Nº 9086 en concordancia con el Artículo 92 del Cuerpo Normati-
vo Unificado del Sistema Integrado de Administración Financiera de la
Resolución N° 003/2018 de la Secretaría de Administración Financiera
que se detallan en Anexo I el que con una (1) foja útil forma parte inte-
grantes de la presente Resolución.
Artículo 2º APROBAR la emisión de las Órdenes de Compra –Ejerci-
cio 2022- Jurisdicción 1.15 – Ministerio de Finanzas por los importes futu-
ros referidos al ejercicio 2021 y que corresponde imputar por reconducción
al nuevo ejercicio, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 80 de la
Ley N° 9086 y conforme se detalla en Anexo II el que con una (1) foja útil
forma parte integrantes de la presente Resolución.
Artículo 3º PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tribunal de Cuen-
tas de la Provincia, comuníquese a Contaduría General de la Provincia,
publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: JAVIER P. FERRARO, DIRECTOR DE JURISDICCIÓN DE ADMINISTRA-
CIÓN, DIRECCIÓN GRAL. DE COORD. OPERATIVA
ANEXO
DIRECCIÓN GENERAL DE PREVENCIÓN DE
ACCIDENTES DE TRÁNSITO
Resolución N° 15
Córdoba, miércoles, 27 de abril de 2022.
VISTO: el Expediente N° 0458-000907/2021, en cuyas actuaciones el
señor RUBEN, Ricardo Nicolas y el señor VELEZ, Fabian Angel solicitan
se proceda a la recepción del examen para acreditar los conocimientos,
condiciones y capacidades que la habilite en calidad de Capacitador en
Normas de Tránsito y Seguridad Vial.
Y CONSIDERANDO:
Que a efectos del cumplimiento de los protocolos existentes en
esta Dirección, se procedió a llevar adelante la evaluación de que se
trata, a fin de satisfacer los requerimientos puntuales exigidos por las
normativas en vigencia, acreditando el postulante, en tal instancia, una
fluida conducción de grupo, manejo de objeciones y utilización de dis-
tintas herramientas pedagógicas que resultan necesarias para la ob-
tención de la matrícula habilitante.
Que la Jefatura de División Capacitación, de esta Dirección de Preven-
ción de Accidentes de Tránsito, produce informe circunstanciado del proce-
so de evaluación implementado, situación de la que da cuenta el Acta N°
27112021 – DGPAT.
Que conforme lo determina el referido Artículo 10, inciso 6) del plexo
normativo supra consignado, esta Dirección de Prevención de Accidentes
de Tránsito puede disponer la aprobación de la instancia y la entrega de los
Certicados pertinentes.
Que a tales nes, y habiéndose satisfecho las exigencias legales de
rigor, corresponde dictar el instrumento que habilite al peticionante para
las funciones de Capacitador Provincial en Normas de Tránsito y Seguridad
Vial y ordenar su inscripción en los Registros pertinentes.
Por ello y lo dictaminado por dependencias legales de esta Dirección
bajo el N° 15/2022.
EL DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE
ACCIDENTES DE TRÁNSITO
RESUELVE:
1°.- APROBAR lo actuado respecto del proceso de evaluación llevado
adelante a n de acreditar los conocimientos, condiciones y capacidades
que habiliten al señor RUBEN, Ricardo Nicolas DNI 29.384.600 y el señor
VELEZ, Fabian Angel DNI 16.947.960 en calidad de Capacitador en Nor-
mas de Tránsito y Seguridad Vial, de conformidad al Acta N° 27112021
– DGPAT y, en consecuencia, HABILITAR en calidad de Capacitador en
Normas de Tránsito y Segur idad Vial, a los referidos ciudadanos.
2°.-ASIGNAR la matrícula pertinente y ORDENAR que, por los cana-
les administrativos conducentes se proceda a su inscripción en los regis-
tros correspondientes de los Capacitadores habilitados por el dispositivo
anterior, todo ello de conformidad al Anexo I de un (01) folio que se adjunta
y forma parte integrante de la presente.
3°.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial
y archívese.
FDO.: MIGUEL ÁNGEL RIZZOTTI, DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE
ACCIDENTES DE TRANSITO
ANEXO

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