Resolución Nº 1483/GCABA/MAYEPGC/15
Firmantes | Cenzón |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de Ambiente y Espacio Público |
Fecha de la disposición | 23 de Noviembre de 2015 |
VISTO:
La Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°
2095, su modificatoria la Ley N° 4764 y sus Decretos Reglamentarios Nros. 1145/09,
95/14, la Resolución N° 194-SSHU/15, el Expediente Electrónico N° 21602328-
DGTALMAEP/15, y
CONSIDERANDO:
Que, por el actuado indicado en el Visto, tramita la contratación del "Servicio de
Provisión de Combustible a través de tarjetas electrónicas y/o inteligentes", mediante
la modalidad de Orden de Compra Abierta, con destino a la Dirección General
Reciclado dependiente de la Subsecretaría de Higiene Urbana del Ministerio de
Ambiente y Espacio Público;
Que, mediante Resolución N° 194-SSHU/15, se aprobaron los Pliegos de Bases y
Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas licitatorios, estableciéndose
un Presupuesto Oficial de PESOS TRECE MILLONES NOVECIENTOS OCHO MIL
NOVECIENTOS SESENTA ($ 13.908.960.-);
Que, a su vez, en el mentado acto administrativo se llamó a Licitación Pública N°
8503-1287-LPU15, para el día 2 de octubre de 2015 a las 12.00 horas, designándose
asimismo a los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas;
Que se efectuaron las publicaciones y notificaciones de rigor del citado acto
administrativo, conforme lo establecido en la Ley N° 2095, su modificatoria la Ley N°
4764, y sus Decretos Reglamentarios Nros. 1145/09 y 95/14;
Que, tal como luce en el Acta de Apertura de fecha 2 de octubre de 2015, se recibió
una (1) Oferta perteneciente a firma EDENRED ARGENTINA S.A.;
Que, en este contexto, con fecha 30 de octubre de 2015 la Comisión Evaluadora de
Ofertas emitió su Dictamen fundado, verificando el cumplimiento de los requisitos
exigidos en los Pliegos de Bases y Condiciones licitatorios, y aconsejó la adjudicación
de la presente contratación a la firma EDENRED ARGENTINA S.A. por la suma total
de PESOS TRECE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA MIL SETECIENTOS
OCHENTA CON 80/100 ($ 13.360.780,80.-), en un todo de acuerdo a lo establecido
en los artículos 108 y 109 de la Ley N° 2095, su modificatoria la Ley N° 4764, y
Decretos...
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