Resolución Nº 1478/GCABA/SSGRH/17
Firmantes | Domeniconi |
Emisor | SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS |
VISTO:
La Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 5666) y el Expediente Electrónico N°
15358119/2017 (TPRPS) y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispuesto en el artículo 64 inc. a) de la Ley N° 471 (texto consolidado
por Ley N° 5666), la relación de empleo público se extingue por renuncia del
trabajador;
Que en tal sentido, el artículo 65 de la citada normativa establece que "en caso de
renuncia del trabajador, el acto administrativo de aceptación de renuncia debe dictarse
dentro de los 30 días corridos de recibida la misma en el correspondiente organismo
de personal y caso contrario se dará por aceptada la renuncia";
Que según surge del expediente citado en el Visto, la agente Graciela Alejandra
Mangani, CUIL. 27-25944391-7, presentó su renuncia a partir del día 4 de julio de
2017, como Trabajadora Social de Planta Hospital Adjunto, con 30 horas, de los
Talleres Protegidos de Rehabilitación Psiquiátrica, del Ministerio de Salud, de acuerdo
con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por
Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 (texto consolidado por
Ley N° 5666) y la Resolución N° 375/SSySHyF/2006 y modificatorias;
Que habiendo advertido que la fecha de presentación de la renuncia ha superado el
plazo establecido en la ley para emitir el correspondiente acto y entendiéndose que,
por ello, la misma se ha tornado operativa, se la tiene por aceptada, en el marco de lo
prescripto en el artículo 65 de la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 5666);
Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
LA SUBSECRETARIA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS
RESUELVE
presentada por la agente Graciela Alejandra Mangani, CUIL. 27-25944391-7, como
Trabajadora Social de Planta Hospital Adjunto, con 30 horas, de los Talleres
Protegidos de Rehabilitación Psiquiátrica, del Ministerio de Salud, deja partida
4023.0050.MS.23.770, conforme lo prescripto por el artículo 65 de la Ley N° 471 (texto
consolidado por Ley N°
5666), destacándose que por...
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