Resolución Nº 1428/GCABA/MAYEPGC/16

FirmantesMacchiavelli
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición30 de Agosto de 2016

VISTO:

La Ley N° 2.809 y su modificatoria Ley N° 4763, el Decreto N° 1312/08, las

Resoluciones N° 1147-MAYEPGC/12, N° 543-MHGC/2013 y el Expediente N°

4077668-MGEYA-DGTALMH/2013 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 1147-MAYEPGC/12, de fecha 22 de octubre de 2012,

fue aprobada la Licitación Pública N° 1746-SIGAF/2012 y adjudicada a la firma

CUNUMI S.A., la contratación de la obra "Puesta en Valor Costanera";

Que por el expediente citado en el Visto la empresa CUNUMI S.A. solicitó la Segunda

(2°) Redeterminación de Precios contractuales en el marco de la Ley N° 2809,

resaltando que conforme las planillas de cálculo, información de precios y/o índices y

antecedentes documentales, surge que al mes de junio de 2013 se ha producido una

variación en la estructura de ponderación y por lo tanto corresponde acceder a su

petición;

Que la Dirección General de Regeneración Urbana ha tomado la intervención prevista

en la normativa vigente emitiendo la Providencia N° PV-2014-14377237- DGRU

resaltando que la empresa reclamante no registra incumplimientos en la ejecución de

trabajos por causas imputables a la contratista, y que no existió acopio de materiales;

Que ha tomado intervención la Dirección General de Redeterminación de Precios del

Ministerio de Hacienda, emitiendo el Informe N° IF-2015-2839224-DGRP, expresando

la misma que verificó que la variación de los factores que integran la estructura de

ponderación, conforme los porcentajes de incidencia, superó al mes de junio de 2013

el porcentaje de incremento establecido en el artículo 2° de la Ley 2809, siendo la

misma del Siete con 49/100 por ciento (7,49);

Que por otra parte, esa Dirección General de Redeterminación de Precios, manifiesta

que la redeterminación del faltante de obra básica a ejecutar al 1° de junio de 2013 a

valores de dicho mes, asciende a la suma de Pesos Dos Millones Ochocientos

Cincuenta y Ocho Mil Trescientos Cinco con 03/100 ($ 2.858.305,03), surgiendo un

incremento de Pesos Trescientos Cuatro Mil Cuatrocientos Noventa y Tres con 42/100

($ 304.493,42) (11,92%) respecto del faltante de obra a ejecutar al 1° de junio de 2013

a valores de 1°...

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