Resolución Nº 1428/GCABA/MAYEPGC/16
Firmantes | Macchiavelli |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de Ambiente y Espacio Público |
Fecha de la disposición | 30 de Agosto de 2016 |
VISTO:
La Ley N° 2.809 y su modificatoria Ley N° 4763, el Decreto N° 1312/08, las
Resoluciones N° 1147-MAYEPGC/12, N° 543-MHGC/2013 y el Expediente N°
4077668-MGEYA-DGTALMH/2013 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N° 1147-MAYEPGC/12, de fecha 22 de octubre de 2012,
fue aprobada la Licitación Pública N° 1746-SIGAF/2012 y adjudicada a la firma
CUNUMI S.A., la contratación de la obra "Puesta en Valor Costanera";
Que por el expediente citado en el Visto la empresa CUNUMI S.A. solicitó la Segunda
(2°) Redeterminación de Precios contractuales en el marco de la Ley N° 2809,
resaltando que conforme las planillas de cálculo, información de precios y/o índices y
antecedentes documentales, surge que al mes de junio de 2013 se ha producido una
variación en la estructura de ponderación y por lo tanto corresponde acceder a su
petición;
Que la Dirección General de Regeneración Urbana ha tomado la intervención prevista
en la normativa vigente emitiendo la Providencia N° PV-2014-14377237- DGRU
resaltando que la empresa reclamante no registra incumplimientos en la ejecución de
trabajos por causas imputables a la contratista, y que no existió acopio de materiales;
Que ha tomado intervención la Dirección General de Redeterminación de Precios del
Ministerio de Hacienda, emitiendo el Informe N° IF-2015-2839224-DGRP, expresando
la misma que verificó que la variación de los factores que integran la estructura de
ponderación, conforme los porcentajes de incidencia, superó al mes de junio de 2013
el porcentaje de incremento establecido en el artículo 2° de la Ley 2809, siendo la
misma del Siete con 49/100 por ciento (7,49);
Que por otra parte, esa Dirección General de Redeterminación de Precios, manifiesta
que la redeterminación del faltante de obra básica a ejecutar al 1° de junio de 2013 a
valores de dicho mes, asciende a la suma de Pesos Dos Millones Ochocientos
Cincuenta y Ocho Mil Trescientos Cinco con 03/100 ($ 2.858.305,03), surgiendo un
incremento de Pesos Trescientos Cuatro Mil Cuatrocientos Noventa y Tres con 42/100
($ 304.493,42) (11,92%) respecto del faltante de obra a ejecutar al 1° de junio de 2013
a valores de 1°...
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