Resolución N° 1419 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición17 de Octubre de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXIII - Nº 220
CORDOBA, (R.A.), LUNES 7 DE NOVIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
la necesidad de adecuar la oferta de enseñanza en el mismo, dentro del
marco de las políticas educativas imperantes, que apuntan a garantizar la
igualdad de oportunidades para el acceso a una educación de calidad, con
equidad y respeto a la diversidad.
Que por Resolución N° 0098/15 y su Anexo I, emanada conjuntamente
de las Direcciones Generales de Educación Secundaria y de Educación
Técnica y Formación Profesional, se ha dispuesto -ad referendum de la su-
perioridad- la desanexación del servicio en cuestión y la asignación de los
cargos de Director de Primera (Enseñanza Media) y Secretario de Primera
(Enseñanza Media) del Presupuesto General de la Provincia en vigencia,
necesarios para su funcionamiento como unidad educativa independiente.
Que de la documental obrante en autos, surge que el nuevo servicio
educativo desarrollará sus actividades en un edicio construido para tal n.
Que merituados todos los aspectos políticos y técnicos que hacen a
la factibilidad, oportunidad y conveniencia de la creación que se procura,
debe concluirse en que están dadas las condiciones para disponer tal me-
dida en esta instancia, al amparo de los artículos 5° y 6º de la Ley Nº 9870
y los artículos 62 y 63 de la Constitución Provincial.
Por ello, la normativa citada, lo establecido por el artículo 11° inc. i) del
Decreto - Ley N° 846/E/63, el Dictamen N° 1493/16 del Área Jurídica de
este Ministerio, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N°
556/16,
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art. 1°.- CREAR el Instituto Provincial de Educación Media N° 394 en
Río Tercero -Departamento Tercero Arriba- bajo la órbita de la Dirección
General de Educación Secundaria, establecimiento que funcionaba como
Anexo a la ESCUELA SUPERIOR DE COMERCIO DE RÍO TERCERO,
dependiente de la Dirección General de Educación Técnica y Formación
Profesional.
Art. 2°.DISPONER que el servicio educativo creado por el Art. 1º de
este instrumento legal será de Primera Categoría y desarrollará sus activi-
dades en un edicio construido para tal n.
Art. 3º.PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín O-
cial y archívese.
FDO: PROF. WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACION
Resolución N° 1419
Córdoba, 17 de octubre de 2016
VISTO:
El Expediente Nº 0110-127064/2014, del Registro del Ministerio de
Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones este Ministerio impulsa la creación
de un Instituto Provincial de Educación Media en Barrio Suárez -Departa-
mento Capital-, bajo la dependencia de la Dirección General de Educación
Secundaria, y sobre la base de divisiones de ese nivel de enseñanza que
funcionaban como Anexo al Instituto Provincial de Educación Media N° 268
“DEÁN FUNES” de Capital, dependiente de la mencionada Dirección Ge-
neral.
Que obran en autos informes en relación con la demanda del servicio
educativo en el sector en cuestión y su zona de inuencia, de los que surge
la necesidad de adecuar la oferta de enseñanza en el mismo, dentro del
marco de las políticas educativas imperantes, que apuntan a garantizar la
igualdad de oportunidades para el acceso a una educación de calidad, con
equidad y respeto a la diversidad.
Que por Resolución N° 1306/15 y su Anexo I, emanada de la citada
Dirección General, se ha dispuesto -ad referendum de la superioridad- la
desanexación del servicio en cuestión y la asignación de los cargos de Di-
rector de Tercera (Enseñanza Media) y Secretario de Tercera (Enseñanza
Media) del Presupuesto General de la Provincia en vigencia, necesarios
para su funcionamiento como unidad educativa independiente.
Que surge de lo actuado en autos que el nuevo servicio educativo
desarrollará sus actividades en instalaciones correspondientes a la Escue-
la de Nivel Primario “ARZOBISPO CASTELLANO” de Barrio Suárez -De-
partamento Capital-, dependiente de la Dirección General de Educación
Primaria.
Que merituados todos los aspectos políticos y técnicos que hacen a
la factibilidad, oportunidad y conveniencia de la creación que se procura,
debe concluirse en que están dadas las condiciones para disponer tal me-
dida en esta instancia, al amparo de los artículos 5° y 6º de la Ley Nº 9870
y los artículos 62 y 63 de la Constitución Provincial.
Por ello, la normativa citada, lo establecido por el artículo 11° inc. i) del
Decreto - Ley N° 846/E/63, el Dictamen N° 3342/15 del Área Jurídica de
este Ministerio, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N°
556/16,
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art. 1°.- CREAR el Instituto Provincial de Educación Media N° 395
en Barrio Suárez -Departamento Capital-, bajo la órbita de la Dirección
General de Educación Secundaria, establecimiento que funcionaba como
Anexo al Instituto Provincial de Educación Media N° 268 “DEÁN FUNES”
de Capital, dependiente de la menciona Dirección General.
Art. 2°. DISPONER que el servicio educativo creado por el Art. 1º de
este instrumento legal será de Tercera Categoría y desarrollará sus acti-
vidades en instalaciones correspondientes a la Escuela de Nivel Primario
ARZOBISPO CASTELLANO” de Barrio Suárez -Departamento Capital-,
dependiente de la Dirección General de Educación Primaria.
Art. 3º.PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín O-
cial y archívese.
FDO: PROF. WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACION

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