Resolución N° 1410 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición17 de Octubre de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXIII - Nº 225
CORDOBA, (R.A.), LUNES 14 DE NOVIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
dencia de fecha 6 de septiembre de 2016 del Área Jurídica de este Ministe-
rio y lo aconsejado a fs. 34 por la Dirección de General de Asuntos Legales;
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art. 1º.- CLASIFICAR en el Grupo “D” de localización al Instituto Su-
perior “ZARELA MOYANO DE TOLEDO” -Anexo- de San Francisco del
Chañar, dependiente de la Dirección General de Educación Superior, a
partir de la fecha de la presente resolución, y en consecuencia OTOR-
GAR por ese concepto la bonicación del sesenta por ciento (60%) a su
personal docente y del treinta y nueve por ciento (39%) a su personal no
docente, conforme con lo previsto en los arts. 2° inc. g) y 9° del Decreto N°
1001/2014 y su Anexo II.
El egreso se imputará al P.V.; Jurisdicción 1.35; Programa 357; Partidas:
Principal 01, Parciales: 01 “Personal Permanente” y 02 “Personal No Per-
manente”.
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, dése a la Dirección General de Adminis-
tración de Capital Humano, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: PROF. WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACION
Resolución N° 1410
Córdoba, 17 de octubre de 2016
VISTO:
El Expediente Nº 0645-001163/2014, del Registro del Ministerio de
Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones este Ministerio impulsa la creación
de un Centro Educativo de Nivel Medio para Adultos (C.E.N.M.A.) “SAN
FRANCISCO” en San Francisco Departamento San Justo-, bajo la depen-
dencia de la Dirección General de Educación de Jóvenes y Adultos, y sobre
la base de divisiones de ese nivel de enseñanza que funcionaban como
Anexo al Centro Educativo de Nivel Medio para Adultos (C.E.N.M.A.) N°
172 “LA FRANCIA” de La Francia, dependiente de la mencionada Dirección
General.
Que obran en autos informes en relación con la demanda del servicio
educativo en el sector en cuestión y su zona de inuencia, de los que surge
la necesidad de adecuar la oferta de enseñanza en el mismo, dentro del
marco de las políticas educativas imperantes, que apuntan a garantizar la
igualdad de oportunidades para el acceso a una educación de calidad, con
equidad y respeto a la diversidad.
Que por Resolución N° 404/14, emanada de la citada Dirección Gene-
ral, se ha dispuesto -ad referendum de la superioridad- la desanexación del
servicio en cuestión y la asignación de los cargos de Director de Tercera
(Enseñanza Media) y Secretario de Tercera (Enseñanza Media) del Presu-
puesto General de la Provincia en vigencia, necesarios para su funciona-
miento como unidad educativa independiente.
Que de la documental obrante en autos, surge que el nuevo servicio
educativo desarrollará sus actividades en instalaciones correspondientes
al Instituto Provincial de Educación Media N° 315 “JOSE HERNANDEZ” de
San Francisco.
Que merituados todos los aspectos políticos y técnicos que hacen a
la factibilidad, oportunidad y conveniencia de la creación que se procura,
debe concluirse en que están dadas las condiciones para disponer tal me-
dida en esta instancia, al amparo de los artículos 5° y 6º de la Ley Nº 9870
y los artículos 62 y 63 de la Constitución Provincial.
Por ello, la normativa citada, lo establecido por el artículo 11° inc. i) del
Decreto - Ley N° 846/E/63, el Dictamen N° 3375/16 del Área Jurídica de
este Ministerio, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N°
556/16,
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art. 1°.- CREAR el Centro Educativo de Nivel Medio para Adultos
(C.E.N.M.A.) “SAN FRANCISCO” en San Francisco Departamento San
Justo- bajo la órbita de la Dirección General de Educación de Jóvenes
y Adultos, y sobre la base de divisiones de ese nivel de enseñanza que
funcionaba como Anexo al Centro Educativo de Nivel Medio para Adultos
(C.E.N.M.A.) N° 172 “LA FRANCIA” de La Francia.
Art. 2°. El servicio educativo creado por el artículo 1° de este Instru-
mento legal será de Tercera Categoría y desarrollará sus actividades en
instalaciones correspondientes al Instituto Provincial de Educación Media
N° 315 “JOSE HERNANDEZ” de San Francisco.
Art. 3º. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole- tín
Ocial y archívese.
FDO: PROF. WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACION
Resolución N° 1409
Córdoba, 17 de octubre de 2016
VISTO:
El Expediente Nº 0110-126240/2014, del Registro del Ministerio de
Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones este Ministerio impulsa la creación
de un Instituto Provincial de Educación Media en Pozo de Molle -Depar-
tamento Río Segundo-, bajo la dependencia de la Dirección General de
Educación Secundaria, y sobre la base de divisiones de ese nivel de en-
señanza que funcionaban como Anexo al Instituto Provincial de Educación
Media N° 275 “COLEGIO NACIONAL DE VILLA MARÍA” de Villa María,
dependiente de la mencionada Dirección General.
Que obran en autos informes en relación con la demanda del servicio
educativo en el sector en cuestión y su zona de inuencia, de los que surge
la necesidad de adecuar la oferta de enseñanza en el mismo, dentro del

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