Resolución N° 141/MJGGC/19

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición20 de Marzo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N.° 141/MJGGC/19
Buenos Aires, 15 de marzo de 2019
VISTO:
La Ley N° 471 y la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos
Aires -Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/97- (Textos Consolidados por Ley N°
6.017), los Decretos Nros. 3360/68 y 184/10, las Resoluciones Nros. 58/MHGC/11,
1763/MSGC/12, 1086/MSGC/15 y 1761/MSGC/17, el Expediente Nº 120640/13 e inc.,
el Sumario N° 6/13, y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramita el recurso jerárquico en subsidio del de
reconsideración interpuesto por el Dr. D.C., F.C. N° 318.290, contra los términos de la
Resolución N° 1086/MSGC/15;
Que el sumario en cuestión fue ordenado oportunamente en virtud del dictado de la
Resolución N° 1763/MSGC/12 del Ministerio de Salud con el objeto de "...investigar los
hechos, atribuir y/o deslindar responsabilidades respecto de las presuntas situaciones
de hostigamiento laboral que padecieran los agentes D.C., E.C. Y R.L., por parte de su
superior jerárquico, en el ámbito del Hospital General de Agudos "Dr. Juan A.
Fernandez", y que encuadrarían en las prescripciones de la Ley N° 1225...";
Que mediante el dictado de la Resolución N° 1086/MSGC/15, y previa instrucción de la
Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, el Ministerio de Salud resolvió
sancionar con cinco (5) días de suspensión al agente D.C., F.C. N° 318.290, en orden
a los siguientes cargos "..."En su carácter de Jefe Unidad de Guardia de los días
viernes del Hospital Fernández: 1) Haberse dirigido en forma irrespetuosa y gritando,
al licenciado J.D.G. en el Estar Médico y en presencia de la Dra. Vanasco, el día 08 de
junio de 2012. 2) Haberse dirigido en forma irrespetuosa y haber gritado sin motivo
alguno que lo justifique, a la licenciada R.R.L. y a la enfermera E.R.C. en los pasillos
de la guardia B en presencia de Elizabeth Acosta y de Vicente Casalnuovo el día
viernes 15 de junio de 2012", quien con su conducta incumplió con las obligaciones
establecidas en el artículo 12, incisos f) y h) del Convenio Colectivo de Trabajo,
instrumentado por Resolución n° 58-MHGC-11, en función de lo previsto en el artículo
73, inciso d) del mismo plexo normativo...." siendo notificado de tal extremo;
Que el agente en cuestión interpuso contra el acto administrativo en crisis un recurso
de reconsideración con jerárquico en subsidio;
Que previa intervención de la Dirección General de Sumarios de la Procuración
General de la Ciudad de Buenos Aires, por Resolución Nº 1761/MSGC/17, la Sra.
Ministra de Salud Resolvió "...Desestimar el Recurso de Reconsideración impetrado
por el Dr. D.C., F.C. N° 318.290, contra los términos de la RESOL-2015-1086-MSGC,
confirmando la misma en todos sus términos...";
Que habiéndose notificado al interesado de la posibilidad de ampliar o mejorar los
fundamentos del recurso incoado dentro del plazo de cinco días, conforme los
términos del Art. N° 111 in fine de la Ley de Procedimientos Administrativos de la
Ciudad de Buenos Aires, aprobada por el Decreto N° 1510/97, el mismo no ha
realizado ninguna presentación para mejorar los fundamentos;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5581 - 20/03/2019

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