Resolución Nº 1405/GCABA/MSGC.../14
Firmantes | Reybaud-Ibarra |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | MINISTERIO DE SALUD<br/>MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN |
Fecha de la disposición | 19 de Noviembre de 2014 |
VISTO:
La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N°
5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E. N° 3406843/2013 (DGAYDRH), y
CONSIDERANDO:
Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el
acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los
requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de
selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los
"Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto";
Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital "Bernardino Rivadavia", del
Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 104/HBR/2014, modificada por
Disposición N° 477/HBR/2014, designó con carácter interino, a la Dra. Andrea Rita
Levaggi, D.N.I. 26.025.172, CUIL. 23-26025172-4, como Médica de Planta Hospital
Adjunto (Clínica Médica), con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la
Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza N° 41455,
reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución N° 375/SSySHyF/2006, y
modificatorias, reteniendo sin percepción de haberes el cargo de Especialista en la
Guardia Médica Asistente, titular, del citado Hospital;
Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de
Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona
propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7
de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las
distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para
incorporar a la misma;
Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando la
Disposición mencionada en primer término, procediéndose a dejar sin efecto los
términos de la Disposición N° 477/HBR/2014 a que nos hemos referido, por no
corresponder.
Por ello y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,
LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN
RESUELVEN
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