Resolución N° 14/SSPMO/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición27 de Agosto de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.º 14/SSPMO/21
Buenos Aires, 19 de agosto de 2021
VISTO: La Ley 2148 (Texto Ordenado Ley N° 6347), el Decreto 463/GCABA/2019 y el
EX-2021- 24194173-GCABA-DGGSM, y;
CONSIDERANDO:
Que, por los presentes actuados tramita una solicitud de cambio de sentido
circulatorio, remitida por parte de la Gerencia Operativa de Gestión de Servicios de la
Movilidad a la Gerencia Operativa de Proyectos de Movilidad, esta última dependiente
de la Dirección General de Diseño e Implementación, la cual depende de esta
Subsecretaría;
Que dicha solicitud, dirigida mediante informe técnico N°IF-2021-24196932-GCABA-
DGGSM, propone alterar el sentido de circulación de la calle 23 de Junio, pasando de
su doble sentido actual a ser sentido Norte-Sur, ello con el propósito de aumentar la
cantidad de plazas de estacionamiento;
Que de conformidad con lo expuesto en el informe elaborado por la Gerencia
Operativa de Proyectos de Movilidad N° IF-2021-24450005-GCABA-DGDEI, se ha
llevado a cabo el estudio del comportamiento circulatorio de las arterias 23 de Junio,
entre Delfo Cabrera y Carlos E. Saénz Valiente y, como consecuencia de la calle
Carlos E. Saénz Valiente, entre 23 de Junio y Boulevard Olímpico Zubiau, José
Benjamín;
Que, según dicho informe, y analizada la cuadrícula circulatoria, “Se concluye
entonces que es viable y beneficioso pasar de doble sentido circulatorio a sentido
único las arterias 23 de Junio entre Delfo Cabrera y E. Sáenz Valiente con sentido
Norte-Sur y Carlos E. Sánz Valiente entre 23 de Junio y Boulevard Olímpico Zubiau,
con sentido Este-Oeste.”;
Que el Decreto N° 463/GCBA/19, aprobó la estructura orgánico funcional dependiente
del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con las
responsabilidades primarias y objetivos de las unidades de organización integrantes
de este Gobierno, contemplando a la Secretaria de Transporte y Obras Públicas como
dependiente de Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que mediante el citado Decreto se contempló en la órbita de la Secretaría de
Transporte y Obras Públicas a la Subsecretaría de Planificación de la Movilidad;
Que mediante el citado Decreto y sus modificatorios se contempló como una
Responsabilidad Primaria de la Subsecretaría de Planificación de la Movilidad, la de
“Planificar, implementar y evaluar proyectos de transporte y tránsito y/o programas y
servicios que mejoren la movilidad, la circulación y el tránsito en la Ciudad de Buenos
Aires” y la de “Planificar e implementar estudios y proyectos para el ordenamiento de
la circulación vehicular y peatonal coordinando y modernizando los sistemas de
tecnología de tránsito y de información al usuario, en concordancia con las políticas y
planes determinados por los organismos competentes en materia de planeamiento
urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.
Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6202 - 27/08/2021

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