Resolución N° 14/SECM/22

EmisorSecretaría de Medios
Fecha de la disposición19 de Enero de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN N.° 14/SECM/22
Buenos Aires, 14 de enero de 2022
VISTO: El Decreto N° 1550/08 y modificatorios, el Expediente Electrónico Nº
29.401.228-GCABA-DGPRE/20, y
CONSIDERANDO:
Que según surge de los referidos actuados el agente Pavlovsky, Iván, CUIL N° 20-
33597276-8, dependiente de la Dirección General de Prensa de la Subsecretaría de
Medios y Prensa de la Secretaría de Medios, solicita, a partir del 1° de enero de 2022
y por el término de un (1) año, la autorización de la prórroga de su ausencia sin goce
de haberes, la cual oportunamente fue autorizada por Resolución N° 144-GCABA-
SECM/21, por un (1) año a partir del 1° de enero de 2021;
Que el citado organismo, accede a lo requerido, toda vez que su otorgamiento no
afectará el normal desarrollo de las tareas;
Que el artículo 1° del Decreto N° 1550/08, con la modificación introducida por su
similar N° 102/21, delega en el Vicejefe de Gobierno, los/as señores/as Ministros/as,
los/las Secretarios/as con dependencia directa del Jefe de Gobierno, las máximas
autoridades de los entes descentralizados y autárquicos del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y de los organismos dependientes del Poder Ejecutivo
creados por la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la facultad de
autorizar de forma excepcional, la ausencia sin goce de haberes, su otorgamiento,
limitación y cese, a los agentes de planta permanente comprendidos en la Ley Nº 471
y al personal de la planta transitoria creada en el marco del Acta de Negociación
Colectiva de la Comisión Paritaria Central N° 6/14, instrumentada mediante la
Resolución N° 1287-MHGC/14, aclarando en el artículo 2° del mismo que el plazo de
la referida ausencia se podrá conceder por única vez por trabajador/a, y su duración
no podrá exceder de un (1) año prorrogable, por única vez, por un período no superior
a doce (12) meses;
Que por lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el Decreto N° 1550/08 y
modificatorios, corresponde su autorización.
Por ello, conforme lo prescripto por el Decreto N° 1550/08 y modificatorios,
EL SECRETARIO DE MEDIOS
RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizase, a partir del 1° de enero de 2022, y por el término de un (1)
año, la prórroga de la ausencia sin goce de haberes, al agente Pavlovsky, Iván, CUIL
N° 20-33597276-8, dependiente de la Dirección General de Prensa de la
Subsecretaría de Medios y Prensa de la Secretaría de Medios, la cual oportunamente
fue autorizada por Resolución N° 144-GCABA-SECM/21, de conformidad con lo
establecido por el Decreto N° 1550/08 y modificatorios, reteniendo sin percepción de
haberes partida 2014.0052.GGU.INI.03.PROF/GGU3610, del citado organismo.
Artículo 2°.- Se deja constancia que el agente referido en el artículo precedente deberá
reincorporarse a sus funciones al vencimiento de la ausencia concedida en forma
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6300 - 19/01/2022

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