Resolución Nº 138/GCABA/SECDCI/17
Firmantes | López |
Emisor | SECRETARÍA DE DESARROLLO CIUDADANO |
VISTO:
La Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y el Expediente Electrónico N°
458392-DGTAD/2016, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispuesto en el artículo 64 inc. a) de la Ley N° 471 (texto consolidado
por Ley N° 5.666), la relación de empleo público se extingue por renuncia del
trabajador;
Que en tal sentido, el artículo 65 de la citada normativa establece que "en caso de
renuncia del trabajador, el acto administrativo de aceptación de renuncia debe dictarse
dentro de los 30 días corridos de recibida la misma en el correspondiente organismo
de personal y caso contrario se dará por aceptada la renuncia";
Que según surge del expediente citado en el Visto, al agente Alejandro Yomal, CUIL
N° 20-29905700-4, presentó su renuncia a partir del día 31 de diciembre de 2015, a la
Dirección General Desarrollo Saludable dependiente de la Subsecretaría de Bienestar
Ciudadano, de la Secretaría de Desarrollo Ciudadano, dependiente de la Vicejefatura
de Gobierno, dejando partida 2040.1100.H.00;
Que, cabe señal que por Resolución Conjunta N° 332/MHGC/2015, el citado agente
pasó a quedar comprendido en los términos del artículo 39 de la Ley N° 471 y el
del Convenio Colectivo de Trabajo, instrumentado por las Resoluciones.
Nros. 2777/MHGC/2010, 2778/MHGC/2010 y 2779/MHGC/2010, desde el 1° de
diciembre de 2015;
Que habiendo advertido que la fecha de presentación de la renuncia ha superado el
plazo establecido en la ley para emitir el correspondiente acto y entendiéndose que,
por ello, la misma se ha tornado operativa, se la tiene por aceptada, en el marco de lo
prescripto en el artículo 65 de la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 5.666);
Que en consecuencia procede dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL SECRETARIO DE DESARROLLO CIUDADANO
RESUELVE
renuncia presentada por el agente Alejandro Yomal, CUIL N° 20-29905700-4,
perteneciente a la Dirección General Desarrollo...
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