Resolución Nº 137/PJCABA/CMCABA/16

FirmantesFernández - Vázquez - Godoy Vélez
EmisorConsejo de la Magistratura

VISTO:

El expediente DGCC-237/16-0 s/ Implementación de Sistema de Gestión de

Expedientes Tramix; y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 2 la Dirección de Informática y Tecnología (DIT) informó por Nota 390/2016,

"que tanto esta Dirección General como el Departamento de Aplicaciones consideran

que es tiempo de abordar ahora la gestión de expedientes administrativos, para lo cual

han venido evaluando de aplicaciones que pudieran satisfacer la gestión de los

expedientes administrativos del CM"... "Atento a la inminente puesta en

funcionamiento del convenio firmado con la Agencia de Sistema de Información de la

CABA de Firma digital y este requiere una herramienta de gestión.... Que

consideramos ...que una de esta herramientas que se adapta a estas necesidades es

la denominada Tramix de la cual el Consejo ya cuenta con licencias de uso ilimitadas y

perpetuas según consta a fs. 19 del Exdte. DGCYC 21/2016".

Que por las razones expuestas, solicitan se inicie la contratación por

complementariedad, debido a que la empresa Unitech SA, es la licenciataria del

Sistema TRAMIX.

Que a fs. 3/10 adjuntan el requerimiento técnico elaborado por la Dirección General de

Informática y Tecnología.

Que a fs. 12 la DGIyT informa que el presupuesto estimado para la contratación es de

Pesos Ocho Millones ( $ 8.000.000.-).

Que a fs. 13/16 se adjunta el Pliego de Especificaciones Técnicas para la adquisición

de Sistema de Gestión Tramix.

Que a fs. 25 la Dirección de Compras y Contrataciones solicita a la Dirección General

de Informática y Tecnología, que determine expresamente si existe o no exclusividad

con la firma Unitech SA para su implementación; o de persistir en su criterio- amplíe

los fundamentos sobre la complementariedad.

Que a fs. 27 la DIyT por Nota Nro 570, manifiesta que "se trata de una misma

aplicación, por ello consideramos que es acorde iniciar una contratación directa por

exclusividad con la firma en cuestión ya que es desarrollador y propietario del

software. En este sentido cabe destacar que el Consejo de la Magistratura cuenta

desde el año 2001 con ilimitadas y perpetuas".

Que a fs. 29/36 se encuentra anexada la Invitación a Cotizar en la Contratación

Directa Nro. 79/2016, confeccionada por la Dirección General de Compras y

Contrataciones conforme los antecedentes de fs. 4/27.

Que a fs. 39 la Dirección General de Informática y Tecnología informa que ha tomado

conocimiento y que no tiene observaciones que formular sobre la invitación a cotizar.

Que a fs. 41/43 se adjuntan las constancias de las que surgen que la firma Unitech SA

se encuentra inscripta en el R.I.U.P.P.

Que tal como surge a fs. 44, la Dirección de Compras y Contrataciones entiende

"viable proceder a la contratación tendiente a la Implementación del Sistema de

Gestión de Expedientes Tramix con la firma Unitech SA, mediante el procedimiento de

Adjudicación Simple, de conformidad con lo establecido en el Art. 28 del Anexo I de la

Resolución CM N° 1/2014, reglamentario del art. 28 inc. 5) de la ley 2095 y su

modificatoria ley 4764."

Que a fs. 45/61 obra la invitación cursada a Unitech SA, junto con el Pliego de Bases y

Condiciones Generales aprobado por la Res. CM N° 1/2014, con los términos y

condiciones particulares de la...

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