Resolución N° 137-PG/18

EmisorProcuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición23 de Abril de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 137/PG/18
Buenos Aires, 12 de abril de 2018
VISTO:
La Ley Nº 70 (texto consolidado por Ley N° 5.666), los Decretos Nº 42/GCABA/2002,
Nº433/GCABA/2016 y N° 54/GCABA/2018, las Resoluciones Nº 832/PG/2003, Nº
180/PG/2006 y Nº 2944/MHGC/2016, y el EE Nº 12344186/DGATYRF/2017, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 6 del Decreto Nº 42/GCABA/2002, modificado por su similar N°
54/GCABA/2018, establece que la Administración podrá reintegrar aquellos gastos
útiles realizados por los mandatarios para identificar al demandado o su domicilio,
realizar intimaciones en extraña jurisdicción y ejecutar sentencias;
Que el Decreto Nº 433/GCABA/2016 establece los niveles de decisión y cuadro de
competencias complementarias correspondientes a los actos de ejecución
presupuestaria para las Jurisdicciones y Entidades del Poder Ejecutivo de la Ciudad
de Buenos Aires, de acuerdo al artículo 4 de la Ley N° 70 (texto consolidado por Ley
N° 5.666);
Que el referido Decreto faculta a funcionarios para autorizar pagos, reintegros de
gastos y devoluciones de impuestos, derechos, tasas y multas, así como aprobar
liquidaciones de haberes, transferencias de fondos y gastos descentralizados
operativamente;
Que, a su vez, mediante Resolución Nº 2944/MHGC/2016 se aprueba la
reglamentación aplicable a los trámites de Reintegro de Gastos encuadrados en el
Punto 2 del Anexo I del Decreto precitado;
Que por Resolución Nº 832/PG/2003, modificada por su similar Nº 180/PG/2006, se
reglamenta el pago del reintegro de gastos que prevé el Decreto Nº 42/GCABA/2002,
modificado por su similar N° 54/GCABA/2018;
Que, de acuerdo con el procedimiento previsto a través de la Resolución N°
2944/MHGC/2016, por Disposición N° 36/DGTALPG/2018 se aprobaron los gastos
realizados por los mandatarios fiscales indicados en su Anexo y conforme allí se
detalla, correspondientes a erogaciones efectuadas al mes de abril de 2017, por la
suma de PESOS SESENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES
CON 70/100 ($ 69.753,70);
Que, habiendo tomado debida intervención la Dirección General de Contaduría,
corresponde en esta instancia autorizar el reintegro de los gastos realizados y habilitar
los canales administrativos para hacer efectivo el pago;
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el punto 2 del anexo I del Decreto Nº
433/GCABA/2016,
EL PROCURADOR GENERAL
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5359 - 23/04/2018

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