Resolución Nº 137/GCABA/SGCBA/16

FirmantesFreda
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorF/n Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición15 de Junio de 2016

VISTO:

La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley N° 70 (BOCBA N° 539), el

Decreto N° 224/13 (BOCBA N° 4.175), las Resoluciones N° 1.727-MHGC/15 (BOCBA

N° 4.786) y N° 126-SGCBA/15 (BOCBA N° 4.791) y los Expedientes LOYS que se

detallan en el Anexo adjunto que forma parte de la presente, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Constitución de la

Ciudad de Buenos Aires, la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires es un

organismo que posee autarquía administrativa y financiera;

Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que

es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a;

Que la Ley N° 70, atribuye en su artículo 130, inciso 6) al titular de este organismo, la

facultad de "Efectuar contrataciones de personal, para la realización de trabajos

específicos o extraordinarios que no puedan ser realizados por su planta permanente,

fijando su retribución y sus condiciones de trabajo";

Que el Decreto N° 224/13, faculta a los/as Ministros/as del Poder Ejecutivo y a los

funcionarios con rango o nivel equivalente para contratar a personas bajo el Régimen

de Locación de Servicios;

Que el artículo 5° del citado Decreto faculta a los/as funcionarios/as a delegar en

los/as Directores/as Generales de su jurisdicción la suscripción de los instrumentos

contractuales correspondientes;

Que la Resolución N° 1.727-MHGC/15 emitida por el Ministerio de Hacienda fija el

monto máximo mensual por contrato en PESOS CUARENTA MIL ($40.000.-);

Que por Resolución N° 126-SGCBA/15 se adecuó la Estructura Orgánico Funcional de

esta Sindicatura General de la Ciudad, fijándose entre otras las misiones y funciones

de la Gerencia General Técnica, Administrativa y Legal, en la que recae dicha facultad;

Que existe crédito legal y suficiente para atender el gasto que por la presente tramita;

Que la Gerencia Operativa Legal ha tomado la intervención que resulta de su

competencia, mediante la emisión del Dictamen N° IF...

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