Resolución Nº 136/GCABA/MJGGC/17
Firmantes | Miguel |
Emisor | Ministerio Jefatura de Gabinete de Ministros |
VISTO:
El Decreto N° 680/16, el Expediente N° 8.092.522-MGEYA-DGTALMJG/17, y
CONSIDERANDO:
Que, por la citada actuación, tramita una modificación presupuestaria entre partidas de
los Incisos 2- Bienes de Consumo, y 3-Servicios no Personales, del presupuesto
asignado a las Unidades Ejecutoras 2051- Jefatura de Gabinete de Ministros, 2175-
Secretaría de Integración Social y Urbana, 2207- Dirección General Descentralización
Comunal, 2208- Dirección General Servicios Desconcentrados, 8001- Dirección
General Gestión de Calidad y Demanda Ciudadana, 9603- Secretaría de
Descentralización, 9605- Subsecretaría de Demanda Ciudadana, Calidad y Cercanía,
9760- Secretaría de Planificación, Evaluación y Coordinación de Gestión, y 9980-
Secretaría de Cultura Ciudadana y Función Pública;
Que, dicha modificación, responde a necesidades presupuestarias de las Unidades
Ejecutoras 8001- Dirección General Gestión de Calidad y Demanda Ciudadana, y
9605- Subsecretaría de Demanda Ciudadana, Calidad y Cercanía, para las cuales el
Inciso 3- Servicios no Personales, de los Programas 8- Actividades Comunes a los
Programas 59, 61, 68, 80, y 90, y 80- Demanda Ciudadana, no cuentan con crédito
suficiente;
Que, a tal fin, se propone incrementar las partidas citadas anteriormente por
compensación con el crédito asignado a los Incisos 2- Bienes de Consumo, y 3-
Servicios no Personales de los Programas 1- Actividades Centrales de la Jefatura de
Gabinete de Ministros, 2- Actividades Comunes a los Programas 21, y 22, 6-
Actividades Comunes a los Programas 10, 31, y 32, 7- Actividades Comunes a los
Programas 56, 64, 69, 71, 73, 74, y 75, 15- Planificación, Evaluación y Coordinación
de Gestión, 21- Planeamiento y Gestión Comunitaria en Barrios 31 y 31 Bis, 22-
Infraestructura Urbana y Coordinación Gubernamental en Barrios 31 y 31 Bis, 31-
Función Pública, 32- Cambio Cultural, 73- Acciones del Consejo de Coordinación
Intercomunal, 74- Descentralización y Distribución de Competencias Concurrentes, y
75- Desconcentración de Servicios y Atención al Ciudadano, dado que cuentan con
saldo suficiente para ello;
Que, en función de lo expuesto, se considera conveniente la adopción de acciones
tendientes a dar curso a lo solicitado;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 680/16 que aprueba
las Normas...
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