Resolución Nº 136/GCABA/MJGGC/17

FirmantesMiguel
EmisorMinisterio Jefatura de Gabinete de Ministros

VISTO:

El Decreto N° 680/16, el Expediente N° 8.092.522-MGEYA-DGTALMJG/17, y

CONSIDERANDO:

Que, por la citada actuación, tramita una modificación presupuestaria entre partidas de

los Incisos 2- Bienes de Consumo, y 3-Servicios no Personales, del presupuesto

asignado a las Unidades Ejecutoras 2051- Jefatura de Gabinete de Ministros, 2175-

Secretaría de Integración Social y Urbana, 2207- Dirección General Descentralización

Comunal, 2208- Dirección General Servicios Desconcentrados, 8001- Dirección

General Gestión de Calidad y Demanda Ciudadana, 9603- Secretaría de

Descentralización, 9605- Subsecretaría de Demanda Ciudadana, Calidad y Cercanía,

9760- Secretaría de Planificación, Evaluación y Coordinación de Gestión, y 9980-

Secretaría de Cultura Ciudadana y Función Pública;

Que, dicha modificación, responde a necesidades presupuestarias de las Unidades

Ejecutoras 8001- Dirección General Gestión de Calidad y Demanda Ciudadana, y

9605- Subsecretaría de Demanda Ciudadana, Calidad y Cercanía, para las cuales el

Inciso 3- Servicios no Personales, de los Programas 8- Actividades Comunes a los

Programas 59, 61, 68, 80, y 90, y 80- Demanda Ciudadana, no cuentan con crédito

suficiente;

Que, a tal fin, se propone incrementar las partidas citadas anteriormente por

compensación con el crédito asignado a los Incisos 2- Bienes de Consumo, y 3-

Servicios no Personales de los Programas 1- Actividades Centrales de la Jefatura de

Gabinete de Ministros, 2- Actividades Comunes a los Programas 21, y 22, 6-

Actividades Comunes a los Programas 10, 31, y 32, 7- Actividades Comunes a los

Programas 56, 64, 69, 71, 73, 74, y 75, 15- Planificación, Evaluación y Coordinación

de Gestión, 21- Planeamiento y Gestión Comunitaria en Barrios 31 y 31 Bis, 22-

Infraestructura Urbana y Coordinación Gubernamental en Barrios 31 y 31 Bis, 31-

Función Pública, 32- Cambio Cultural, 73- Acciones del Consejo de Coordinación

Intercomunal, 74- Descentralización y Distribución de Competencias Concurrentes, y

75- Desconcentración de Servicios y Atención al Ciudadano, dado que cuentan con

saldo suficiente para ello;

Que, en función de lo expuesto, se considera conveniente la adopción de acciones

tendientes a dar curso a lo solicitado;

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 680/16 que aprueba

las Normas...

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