Resolucion N° 135

EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición 3 de Marzo de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXV - Nº 49
CORDOBA, (R.A.), MARTES 8 DE MARZO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
lo dictaminado por el Área Legales de este Ministerio al Nº 86/16,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
Artículo 1°DISPONER que la titularidad del Fondo Permanente
G” –FONDO MINERO PROVINCIAL – corresponde a la Dirección de
Administración del Ministerio de Industria, Comercio y Minería.
Artículo 2° PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal de Cuen-
tas de la Provincia, a la Dirección General de Tesorería y Crédito Pú-
blico, al Servicio Administrativo del Ministerio de Industria, Comercio y
Minería, publíquese en el Boletín Oficial y archívese. Fdo: Cra. Silvina
Rivero, Secretaria General de la Gobernación - a/c Dcto. 139/16
Resolución N° 136
Córdoba, 3 de marzo de 2016
VISTO: El Expediente Nº 0111-061270/13 del registro del Ministerio de
Educación.
Y CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° 0311/15 de la Dirección General de Institutos
Privados de Enseñanza, se aprueban las modicaciones del Plan de Estu-
dios de la Carrera “Tecnicatura Superior en Administración de Empresas”,
Opción Pedagógica Presencial, de tres (3) años de duración, que otorga el
título de “Técnico Superior en Administración de Empresas”, en el Estableci-
miento Privado Adscripto “INSTITUCIÓN CERVANTES” -Nivel Superior- de
Capital, a partir de la cohorte 2015 y se deja sin efecto en forma progresiva
la Resolución N° 746/07 del Plan de Estudios vigente hasta el momento
y se garantiza que no se matricularán alumnos según dicha resolución, a
partir de la cohorte 2015.
Que conforme a las constancias documentales e informativas incor-
poradas en autos y prescripciones legales de rigor, la decisión se ajusta a
derecho, pues se encuadra dentro de la normativa que la funda.
Que en efecto, las medidas cumplen con los requerimientos jurídi-
cos-formales-pedagógicos estatuidos por Ley Nº 5326, encontrándose ta-
les determinaciones técnica, administrativa e institucional plasmadas en la
resolución de marras.
Que conforme con lo expuesto, no existe objeción alguna para la rati-
cación en esta instancia del instrumento legal en análisis.
Por ello, los Dictámenes Nros. 2884/15 del Área Jurídica de este Minis-
terio y 0166/05 -caso similar- de Fiscalía de Estado, y lo aconsejado a fs.
131 por la Dirección de Coordinación de Asuntos Legales;
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art. 1º. RATIFICAR la Resolución N° 0311/15 de la Dirección General
de Institutos Privados de Enseñanza, la que compuesta de una (1) foja
útil, se adjunta y forma parte del presente instrumento legal, por la que se
aprueban las modicaciones del Plan de Estudios de la Carrera “Tecnica-
tura Superior en Administración de Empresas”, Opción Pedagógica Presen-
cial, de tres (3) años de duración, que otorga el título de “Técnico Superior
en Administración de Empresas”, en el Establecimiento Privado Adscripto
“INSTITUCIÓN CERVANTES” -Nivel Superior- de Capital, a partir de la co-
horte 2015 y se deja sin efecto en forma progresiva la Resolución N° 746/07
del Plan de Estudios vigente hasta el momento y se garantiza que no se
matricularán alumnos según dicha resolución, a partir de la cohorte 2015.
Art. 2º. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese. Fdo: Prof. WALTER GRAHOVAC, Ministro de Educacion
ANEXO http://goo.gl/ZGd6Fv
MINISTERIO DE EDUCACION
Resolución N° 135
Córdoba, 3 de marzo de 2016
VISTO: El Expediente Nº 0111-061268/2013, del registro del Minis-
terio de Educación.
Y CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 0279/15, de la Dirección General de Insti-
tutos Privados de Enseñanza, se aprueban las modificaciones del Plan
de Estudios de la Carrera “Analista de Sistemas de Computación” -Op-
ción Pedagógica Presencial-, de tres (3) años de duración, que otorga
el título de “Analista de Sistemas de Computación”, en el Establecimien-
to Privado Adscripto “INSTITUCIÓN CERVANTES” -Nivel Superior- de
Capital, a partir de la cohorte 2015 y se deja sin efecto en forma pro-
gresiva la Resolución N° 224/08 emanada de la citada Dirección.
Que conforme a las constancias documentales e informativas in-
corporadas en autos y prescripciones legales de rigor, la decisión se
ajusta a derecho, pues se encuadra dentro de la normativa que la fun-
da.
Que en efecto, las medidas cumplen con los requerimientos jurídi-
cos-formales-pedagógicos estatuidos por Ley Nº 5326, encontrándose
tales determinaciones técnica, administrativa e institucional plasmadas
en la resolución de marras.
Que conforme con lo expuesto, no existe objeción alguna para la
ratificación en esta instancia del instrumento legal en análisis.
Por ello, los Dictámenes Nros. 2750/2015 del Área Jurídica de este
Ministerio y 0166/05 -caso similar- de Fiscalía de Estado, y lo aconse-
jado a fs . 116 por la Direc ción de Coordinación de Asuntos Legales;

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