Resolución N° 1340/MAYEPGC/18

EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición10 de Septiembre de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 1340/MAYEPGC/18
Buenos Aires, 5 de septiembre de 2018
VISTO:
la Ley N° 1.854, el Decreto N° 162/GCABA/13, el Decreto N° 363/GCBA/15 y sus
modificatorios, las Resoluciones N° 1262/MAYEPGC/13 y N° 1903-MAYEPGC/17, la
Licitación Pública Nacional e Internacional N° 997-SIGAF-2013, el Expediente
Electrónico N° EX-2017-25054491-MGEYA-DGLIM y;
CONSIDERANDO:
Que por medio del Expediente Electrónico N° EX-2017-25054491-MGEYA-DGLIM,
tramita la convalidación de las Órdenes de Servicio que prorrogaron el reconocimiento
de los mayores costos en los que incurrió la contratista CLIBA INGENIERIA URBABA
S.A. en virtud de los "mayores recursos" que debieron afectarse a la prestación del
Servicio Público de Higiene Urbana en el marco de la Licitación Pública Nacional e
Internacional N° 997/13 y que fueron aprobados por el Acta Acuerdo registrada ante la
Escribanía General de la Ciudad bajo el N° 17211/15;
Que por Decreto N° 162/GCABA/13, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales, Particulares y de
Especificaciones Técnicas para la "Licitación Pública Nacional e Internacional para la
Contratación del Servicio Público de Higiene Urbana-Fracción Húmedos";
Que por Resolución N° 1262/MAYEPGC/13, el Ministerio de Ambiente y Espacio
Público, aprobó la "Licitación Pública Nacional e Internacional N° 997-SIGAF/13, para
la Contratación del Servicio Público de Higiene Urbana-Fracción Húmedos" y se
adjudicó la Zona 2 a la empresa CLIBA INGENIERIA URBABA S.A.;
Que en fecha 27 de enero de 2014 el GCABA y LA CONTRATISTA suscribieron el
respectivo contrato, fijando como fecha de inicio de las prestaciones el día 1 de
octubre de 2014;
Que una vez implementado el sistema de contenerización diferenciada de RSU
fracción húmedos, surgieron situaciones no contempladas, relativas a la correcta
adaptación de los vecinos a dicho sistema, razón por la cual, resultó necesario
implementar mayores recursos de mano de obra y equipamiento en la zona adjudicada
a los efectos de acompañar la transición cultural de los vecinos de la zona en la
disposición de sus residuos y permita corregir las anomalías detectadas;
Que en pos de brindar un servicio integral y eficaz resultó imperioso establecer un
régimen que permitiera remunerar los mayores recursos provistos por la empresa
contratista en la prestación del Servicio Público de Higiene Urbana en la zona, toda
vez que la provisión de los mismos resultó imprescindible para el correcto y efectivo
servicio y para asegurar la salubridad pública, objetivos indelegables del GCABA
según la legislación en vigencia;
Que en este sentido en el mes de abril de 2015 la empresa CLIBA INGENIERIA
URBANA S.A. y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, suscribieron el
Acta Acuerdo celebrada con motivo de la Licitación Pública Nacional e Internacional Nº
997/2013, siendo registrada bajo el Nº 17211/15, en la cual se reconocieron los
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5453 - 10/09/2018

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