Resolución Nº 134/GCABA/MEGC/16

FirmantesAcuña
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Educación
Fecha de la disposición25 de Enero de 2016

VISTO:

La Ley N° 2095 y sus modificatorias, su reglamentario Decreto N° 95/GCABA/14, la

Resolución Conjunta N° 5-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLyT-14 y el Expediente

Electrónico N° 3842606-MGEYA-DGAR-2015, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente del Visto tramita la contratación directa de la locación

administrativa del inmueble sito en la calle Montiel 1174 de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, con destino al Jardín de Infantes Común N° 2 del Distrito Escolar 20°;

Que, en este sentido, se ha dado cumplimiento a las disposiciones previstas en el

Artículo 28

Inciso 12 del Anexo I del Decreto N° 95/GCABA/2014, apartados a) y b).y.

que en función de ello se acredito, luego de una exhaustiva búsqueda, que no existen

bienes inmuebles disponibles que reúnan las características solicitadas.

Que tal situación motivó a la Dirección General Administración de Recursos de este

Ministerio a realizar tratativas con el representante del propietario, que dieron como

resultado un contrato de locación administrativa que tendrá un plazo de tres (3) años a

partir del 1° de marzo de 2015 hasta el 28 de febrero de 2018, con un valor locativo de

pesos dieciséis mil ochocientos ($ 16.800.-) mensuales para el primer año, mientras

que para el segundo y tercer año se solicitaran se solicitará, para cada uno de ellos,

nuevas tasaciones al Banco Ciudad de Buenos Aires a los efectos de determinar el

valor locativo mensual para cada periodo anual;

Que la Gerencia de Pignoraticio y Ventas del Banco Ciudad de Buenos Aires efectuó

la tasación respectiva según Informe N° 21392007/DGAR/2015, y estableció el canon

locativo mensual del inmueble en fecha 15 de abril de 2015;

Que corresponde destacar que en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

resulta de aplicación la Ley N° 2095 (ley de compras y contrataciones) reglamentada

por el Decreto N° 95/GCABA/14 y sus modificatorias;

Que la contratación directa que se propicia para la locación administrativa del

inmueble en cuestión, se encuadra entre las excepciones a la licitación pública

contempladas en el art. 28 de la Ley de Compras y Contrataciones de esta Ciudad que

establece: "La...

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