Resolución N° 134
Emisor | Ministerio de Agricultura y Ganadería |
Fecha de la disposición | 5 de Octubre de 2016 |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXII - Nº 196
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 6 DE OCTUBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
atención de mujeres solas con hijos a cargo.
Artículo 4°.- EL Programa articulará los proyectos especícos con los
distintos Ministerios y Jurisdicciones, en sus respectivos ámbitos de com-
petencia de acuerdo a las siguientes líneas de acciones estratégicas:
a) MUJER Y ESCUELA
Promueve la inclusión educativa mediante el apoyo a la nalización de la
escolaridad de adolescentes embarazadas y/o madres con hijos a cargo,
en articulación con el sistema con terminalidad educativa, brindando la
asignación de ayudas directas tales como becas de estímulo y entrega de
material didáctico.
b) MUJER Y FAMILIA
Propende a la integración familiar y la interrelación comunitaria a través de
asignaciones tales como el Subsidio al Cuarto Mes de Licencia por Mater-
nidad (Ley N° 10342), gabinetes familiares para asistencia interdisciplinaria
de familias en riesgo social y convocatorias de encuentros familiares.
c) MUJER Y TRABAJO
Impulsa la inserción laboral de la mujer en empleos de calidad y promueve
iniciativas de autoempleo mediante el fortalecimiento de las capacidades
y saberes de las mujeres de zonas rurales y de las trabajadoras indepen-
dientes de los centros urbanos, brindando apoyo técnico y económico para
impulsar o retomar micro-emprendimientos sustentables y la realización de
prácticas laborales solventadas entre Estado y Empresas.
d) MUJER Y SALUD
Empodera y concientiza a la mujer en el reconocimiento y ejercicio de un
rol proactivo en el control de su salud en un marco de promoción y preven-
ción tales como consultorios móviles de control ginecológico, salud bucal y
oftalmológica; la protección a la mujer embarazada y la difusión de la salud
sexual y reproductiva.
Artículo 5°.- EL presente decreto será refrendado por los señores Mi-
nistros de Salud, Educación, Desarrollo Social, Justicia y Derechos Huma-
nos y Fiscal de Estado y rmado por la Señora Secretaria de Equidad y
Promoción del Empleo.
Artículo 6°.- DÉJASE sin efecto el Decreto N° 669/10, y DISPONESE
que el Programa CBACON ELLAS se regirá por los términos del presente
Instrumento Legal
Artículo 7°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA –
ALEJANDRA VIGO, SECRETARIA DE EQUIDAD Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO
– WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN – LUIS EUGENIO ANGULO,
MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS – RODRIGO M. RUFEIL, MI-
NISTRO DE DESARROLLO SOCIAL – DR. FRANCISCO JOSÉ FORTUNA, MINIS-
TRO DE SALUD - DR. JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
Resolución N° 134
Córdoba, 5 de Octubre de 2016.-
VISTO: El Expediente Nº 0435-065612/2016, registro de este Ministerio
de Agricultura y Ganadería;
Y CONSIDERANDO:
Que obra Decreto Nº 30/2016, por el que se declara en estado Emer-
gencia y/o Desastre Agropecuario a productores agrícolas y productores
ganaderos y tamberos afectados por el fenómeno anegamiento de sue-
los por lluvias extraordinarias, durante el ciclo productivo 2015/2016; que
se encuentren en las zonas afectadas que se determinan de acuerdo al
criterio de cuenca hídrica, conforme el sistema de información territorial
cartográca georeferenciada.
Que el mencionado instrumento legal faculta a esta Cartera de Estado
a dictar las normas complementarias que se requieran a los nes de la
aplicación del mismo.
Que mediante Resoluciones Nº 30/2016, y su recticativa N° 61/2016,
N° 40/2016, N° 53/2016 y N° 96/2016, se aprueban y modican listados de
productores agropecuarios afectados, complementarias al referido Decre-
to.
Que el Área de Emergencia Agropecuaria dependiente de la Secreta-
ría de Agricultura adjunta nuevos listados de productores agropecuarios
afectados por dicho fenómeno y realiza modicaciones en los Anexos apro-
bados por las Resoluciones N° 30/2016, N° 40/2016 y N° 96/2016 según
corresponda, fundamentado los cambios en reclamos por mayores daños
y errores materiales involuntarios en la carga de datos al sistema.
Por ello, las facultades conferidas por el artículo 10º del Decreto Nº
30/2016, lo informado por el área de Emergencia Agropecuaria y lo dicta-
minado por la Dirección de Asuntos Legales bajo Nº 153/2016;
EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
RESUELVE
Artículo 1º MODIFICAR los Anexos aprobados por Resoluciones Nº
30/2016, y su recticativa N° 61/2016, N° 40/2016 y N° 96/2016°, según co-
rresponda, complementarias al Decreto N° 30/2016, en cuanto a los lista-
dos de productores agropecuarios conforme a las exclusiones que surgen
de las planillas que, como Anexo I con una (1) foja útil y Anexo IV con una
(1) foja útil, forman parte integrante del presente instrumento legal.
Artículo 2º APROBAR los nuevos listados de productores agrope-
cuarios afectados por el fenómeno de anegamientos de suelos por lluvias
extraordinarias, declarados en estado de Emergencia y/o Desastre Agro-
pecuario mediante Decreto N° 30/2016, los cuales forman parte integrante
de la presente Resolución, como Anexo II con una (1) foja útil, Anexo III con
una (1) foja útil, Anexo V con una (1) foja útil y Anexo VI con dos (2) fojas
útiles.
Artículo 3° EL señor Ministro de Agricultura y Ganadería, el señor Se-
cretario de Agricultura y el Señor Director General de Agencias Zonales po-
drán emitir certicaciones conforme el modelo aprobado oportunamente.
Artículo 4º PROTOCOLÍCESE, notifíquese, comuníquese y archívese.
FDO. SERGIO SEBASTIÁN BUSSO - MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADE-
RÍA
ANEXO: https://goo.gl/ZPFkvo
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