Resolución N° 134

EmisorMinisterio de Agricultura y Ganadería
Fecha de la disposición 5 de Octubre de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
1a
2
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXII - Nº 196
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 6 DE OCTUBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
atención de mujeres solas con hijos a cargo.
Artículo 4°.- EL Programa articulará los proyectos especícos con los
distintos Ministerios y Jurisdicciones, en sus respectivos ámbitos de com-
petencia de acuerdo a las siguientes líneas de acciones estratégicas:
a) MUJER Y ESCUELA
Promueve la inclusión educativa mediante el apoyo a la nalización de la
escolaridad de adolescentes embarazadas y/o madres con hijos a cargo,
en articulación con el sistema con terminalidad educativa, brindando la
asignación de ayudas directas tales como becas de estímulo y entrega de
material didáctico.
b) MUJER Y FAMILIA
Propende a la integración familiar y la interrelación comunitaria a través de
asignaciones tales como el Subsidio al Cuarto Mes de Licencia por Mater-
nidad (Ley N° 10342), gabinetes familiares para asistencia interdisciplinaria
de familias en riesgo social y convocatorias de encuentros familiares.
c) MUJER Y TRABAJO
Impulsa la inserción laboral de la mujer en empleos de calidad y promueve
iniciativas de autoempleo mediante el fortalecimiento de las capacidades
y saberes de las mujeres de zonas rurales y de las trabajadoras indepen-
dientes de los centros urbanos, brindando apoyo técnico y económico para
impulsar o retomar micro-emprendimientos sustentables y la realización de
prácticas laborales solventadas entre Estado y Empresas.
d) MUJER Y SALUD
Empodera y concientiza a la mujer en el reconocimiento y ejercicio de un
rol proactivo en el control de su salud en un marco de promoción y preven-
ción tales como consultorios móviles de control ginecológico, salud bucal y
oftalmológica; la protección a la mujer embarazada y la difusión de la salud
sexual y reproductiva.
Artículo 5°.- EL presente decreto será refrendado por los señores Mi-
nistros de Salud, Educación, Desarrollo Social, Justicia y Derechos Huma-
nos y Fiscal de Estado y rmado por la Señora Secretaria de Equidad y
Promoción del Empleo.
Artículo 6°.- DÉJASE sin efecto el Decreto N° 669/10, y DISPONESE
que el Programa CBACON ELLAS se regirá por los términos del presente
Instrumento Legal
Artículo 7°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA –
ALEJANDRA VIGO, SECRETARIA DE EQUIDAD Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO
– WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN – LUIS EUGENIO ANGULO,
MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS – RODRIGO M. RUFEIL, MI-
NISTRO DE DESARROLLO SOCIAL – DR. FRANCISCO JOSÉ FORTUNA, MINIS-
TRO DE SALUD - DR. JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
Resolución N° 134
Córdoba, 5 de Octubre de 2016.-
VISTO: El Expediente Nº 0435-065612/2016, registro de este Ministerio
de Agricultura y Ganadería;
Y CONSIDERANDO:
Que obra Decreto Nº 30/2016, por el que se declara en estado Emer-
gencia y/o Desastre Agropecuario a productores agrícolas y productores
ganaderos y tamberos afectados por el fenómeno anegamiento de sue-
los por lluvias extraordinarias, durante el ciclo productivo 2015/2016; que
se encuentren en las zonas afectadas que se determinan de acuerdo al
criterio de cuenca hídrica, conforme el sistema de información territorial
cartográca georeferenciada.
Que el mencionado instrumento legal faculta a esta Cartera de Estado
a dictar las normas complementarias que se requieran a los nes de la
aplicación del mismo.
Que mediante Resoluciones Nº 30/2016, y su recticativa N° 61/2016,
N° 40/2016, N° 53/2016 y N° 96/2016, se aprueban y modican listados de
productores agropecuarios afectados, complementarias al referido Decre-
to.
Que el Área de Emergencia Agropecuaria dependiente de la Secreta-
ría de Agricultura adjunta nuevos listados de productores agropecuarios
afectados por dicho fenómeno y realiza modicaciones en los Anexos apro-
bados por las Resoluciones N° 30/2016, N° 40/2016 y N° 96/2016 según
corresponda, fundamentado los cambios en reclamos por mayores daños
y errores materiales involuntarios en la carga de datos al sistema.
Por ello, las facultades conferidas por el artículo 10º del Decreto Nº
30/2016, lo informado por el área de Emergencia Agropecuaria y lo dicta-
minado por la Dirección de Asuntos Legales bajo Nº 153/2016;
EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
RESUELVE
Artículo 1º MODIFICAR los Anexos aprobados por Resoluciones Nº
30/2016, y su recticativa N° 61/2016, N° 40/2016 y N° 96/2016°, según co-
rresponda, complementarias al Decreto N° 30/2016, en cuanto a los lista-
dos de productores agropecuarios conforme a las exclusiones que surgen
de las planillas que, como Anexo I con una (1) foja útil y Anexo IV con una
(1) foja útil, forman parte integrante del presente instrumento legal.
Artículo 2º APROBAR los nuevos listados de productores agrope-
cuarios afectados por el fenómeno de anegamientos de suelos por lluvias
extraordinarias, declarados en estado de Emergencia y/o Desastre Agro-
pecuario mediante Decreto N° 30/2016, los cuales forman parte integrante
de la presente Resolución, como Anexo II con una (1) foja útil, Anexo III con
una (1) foja útil, Anexo V con una (1) foja útil y Anexo VI con dos (2) fojas
útiles.
Artículo 3° EL señor Ministro de Agricultura y Ganadería, el señor Se-
cretario de Agricultura y el Señor Director General de Agencias Zonales po-
drán emitir certicaciones conforme el modelo aprobado oportunamente.
Artículo 4º PROTOCOLÍCESE, notifíquese, comuníquese y archívese.
FDO. SERGIO SEBASTIÁN BUSSO - MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADE-
RÍA
ANEXO: https://goo.gl/ZPFkvo

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR