Resolución Nº 1337 (pres.). de 27 de Diciembre de 2007

Modifica el artÌculo 7), inc. A) del Acuerdo N° 3360 respecto a los turnos para los Juzgados en lo Civil y Comercial.

Res. Nº 1337 (Pres.).

La Plata, 27 de diciembre de 2007.

VISTO Y CONSIDERANDO: La presentaciÛn formalizada por la C·mara de ApelaciÛn y GarantÌas en lo Civil y Comercial de Mar del Plata, adjuntando copia del acta del Acuerdo Extraordinario nº 685/07, rectificando la propuesta de asignaciÛn de turnos correspondientes a los Juzgados en lo Civil y Comercial departamentales para el aÒo 2008.

POR ELLO, el seÒor Presidente de la Suprema Corte de Justicia, en ejercicio de sus atribuciones,

ACUERDA:

1º) Modificar el artÌculo 7), inc. A) del Acuerdo nº 3.360, dictado con fecha 5 de diciembre de 2007, en lo que respecta a los turnos establecidos para los Juzgados en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de Mar del Plata, el que quedar· redactado de la siguiente forma:

7) DEPARTAMENTO JUDICIAL de MAR DEL PLATA:

  1. Juzgados en lo Civil y Comercial: (quincenales)

Nº 1: 2da. marzo, 1ra. octubre.

Nº 2: 1ra. noviembre, 2da. febrero.

Nº 3: 2da. julio.

N°4: 2da. junio, 2da. septiembre.

N° 5: 2da. enero...

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