Resolución N° 1337/MEFGC/19

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas - Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano
Fecha de la disposición24 de Mayo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 1337/MEFGC/19
Buenos Aires, 20 de mayo de 2019
VISTO: Las Leyes Nros. 471 (conforme texto consolidado por Ley N° 6017 y su
modificatoria 6025), la Ley N° 5460 (conforme texto consolidado por Ley N° 6017), y
su modificatoria N° 5960, el Convenio Colectivo de Trabajo, instrumentado por las
Resoluciones Nº 2777/MHGC/2010, 2778/MHGC/2010 y 2779/MHGC/2010 y las Actas
Nros. 27/2013 y 6/2014 Comisión Paritaria Central instrumentadas por las
Resoluciones Nros. 114/MHGC/2014 y 1287/MHGC/2014 respectivamente y el
Expediente Electrónico Nº 8360741/GCABA/DGFSCIV/2019, y
CONSIDERANDO:
Que en el marco de lo establecido en el Título II de la Ley Nº 471 de Relaciones
Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se
han llevado a cabo negociaciones colectivas entre representantes gremiales y el
Gobierno de la Ciudad, en relación a la creación de Plantas Transitorias del personal;
Que aquéllas dieron como resultado los acuerdos consagrados en las Actas Nros.
27/2013, instrumentada por la Resolución Nº 114/MHGC/2014, para continuar con el
pase a dicha Planta en forma progresiva del personal contratado bajo todas las
modalidades existentes en el ámbito del Gobierno de la Ciudad y Acta N° 6/2014,
instrumentada por Resolución N° 1287/MHGC/2014, por la que se establecieron las
pautas de aplicación de dicho régimen;
Que el artículo 45 de la Ley Nº 471 y artículo 20 del Convenio Colectivo de Trabajo,
instrumentado por las Resoluciones Nº 2777/MHGC/2010, 2778/MHGC/2010 y
2779/MHGC/2010, prevén la prestación de servicios de carácter transitorio o eventual,
no incluidos en las funciones propias del régimen de carrera y que no puedan ser
cubiertos por personal de planta permanente;
Que en consecuencia mediante Resolución Conjunta N° 1931/MMGC/2015, se
incorporó a partir del 1º de octubre de 2015,entre otros, a la señora Paula Andrea
Salaberry, CUIL Nº 27-23326419-4, al citado Régimen en la Gerencia Operativa de
Apoyo a la Primera Infancia, de la Dirección General de Fortalecimiento de la
Sociedad Civil, de la Subsecretaría de Promoción Social, del entonces Ministerio de
Desarrollo Social;
Que según surge de los presentes actuados por Resolución Conjunta N°
444/MEFGC/2019, se dispuso dejar sin efecto a partir del 30 de enero de 2019, la
citada Resolución Conjunta, respecto de la agente mencionada, con motivo de su
renuncia;
Que la citada Dirección General, del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano,
manifiesta que resulta necesario incorporar en su reemplazo a partir del 1º de abril de
2019, a la señora Juliana Melisa Rabazzano Tropea, CUIL Nº 27-34496275-3, quien
revistaba bajo la modalidad contractual de Contrato de Locación, al régimen de
prestación de servicios que prevén las normas citadas anteriormente, con el objeto de
lograr mayor eficacia en el cumplimiento de las funciones asignadas;
Que resulta necesario sancionar una norma que permita su incorporación a la Planta
en cuestión, cuyo mecanismo de ingreso, egreso y percepción de haberes sea
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5624 - 24/05/2019

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