Resolución N° 133/UPEUBPCM/21

EmisorMinisterio de Desarrollo Humano y Hábitat
Fecha de la disposición29 de Diciembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.º 133/UPEUBPCM/21
Buenos Aires, 21 de diciembre de 2021
VISTO: Las Leyes N° 6292 (Texto Consolidado por Ley N° 6.347) y N° 6.129, los
Decretos Nros. 463/GCABA/2019 y 264/GCABA/2021 y el Expediente electrónico EX-
2021-38790288-GCABA-DGINE y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 6.129 dispuso la re-urbanización del Barrio "Padre Carlos Mugica", su
integración con el resto de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la radicación
definitiva de sus habitantes en un hábitat adecuado, en el marco de las disposiciones
de la Ley N° 3.343 (texto consolidado Ley N° 6.347),
Que el artículo 4° de la Ley N° 6.129 designó como autoridad de aplicación de la
citada norma a la ex Secretaría de Integración Social y Urbana o al organismo que en
el futuro lo reemplace;
Que mediante la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando al Ministerio de Desarrollo Humano
y Hábitat con el objetivo, entre otros, de diseñar y ejecutar las políticas, planes y
programas vinculados a la regularización y urbanización de las villas, núcleos
habitacionales transitorios y asentamientos informales de la Ciudad;
Que mediante el Decreto N° 463/GCABA/2019 se aprobó la estructura orgánica
funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 264/GCABA/2021, se modificó parcialmente el Decreto N°
463/GCABA/2019, contemplándose la creación del organismo fuera de nivel
denominado Unidad de Proyectos Especiales Urbanización Barrio Padre Carlos
Mugica (UPEUBPCM) en reemplazo de la ex Secretaría de Integración Social y
Urbana, y como autoridad de aplicación de conformidad con lo prescripto por el
artículo 4° de la Ley N° 6.129;
Que, entre las responsabilidades primarias de la mencionada Unidad de Proyectos
Especiales se encuentran las de “Coordinar el plan maestro de urbanización integral
Retiro-Puerto, promoviendo la interconectividad e integración del entramado urbano
entre el Barrio "Padre Carlos Mugica", la zona portuaria y la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires. ...Formular, coordinar y supervisar políticas vinculadas a la urbanización
y regularización del Barrio "Padre Carlos Mugica". Diseñar y coordinar los procesos de
reasentamiento que se efectúen en el Barrio "Padre Carlos Mugica"...”;
Que el artículo 68 de la Ley N° 6.129 creó la NÓMINA DE ACTIVIDADES
ECONÓMICAS del BARRIO PADRE CARLOS MUGICA con la función de inscribir a
aquellas establecimientos que comienzan o que se encuentren desarrollando, dentro
del polígono, alguna actividad económica comprendida en el Cuadro de Usos N°
5.4.6.61 dispuesto en el Anexo II de la Ley N° 6.129, en el Código de Habilitaciones o
en la norma que en el futuro lo reemplace;
Que la Autoridad de Aplicación delega en la Dirección General de Integración
Económica de la Unidad de Proyectos Especiales Urbanización Barrio Padre Carlos
Mugica, el establecimiento de pautas sobre los requisitos y calidades que deberán
reunir los establecimientos para la inscripción en la NÓMINA DE ACTIVIDADES
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6285 - 29/12/2021

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