Resolucion Nº 133 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorMinisterio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXX - Nº 161
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 19 DE AGOSTO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
las necesidades actuales de la educación y las instituciones educativas.
Que contará con la disertación de especialistas de relevancia acadé-
micas que aportarán su visión sobre las problemáticas y desafíos de la
educación actual.
Que dicho Congreso estará destinado a docentes de todos los niveles
educativos.
Que el evento pretende ser un espacio de debate donde surjan iniciati-
vas motivadoras para mejorar la calidad educativa, por lo que es propósito
de este Ministerio declararlo de Interés Educativo.
Por ello, los informes producidos y en uso de las atribuciones conferi-
das por Resolución Ministerial Nº 118/2006;
LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN
R E S U E L V E:
Art. 1º.- DECLARAR de Interés Educativo el 1° Congreso de Educa-
ción de Las Varillas “Educar en contextos de cambios: del saber pedagó-
gico a la acción inclusiva” organizado por la Municipalidad de Las Varillas
conjuntamente con las autoridades educativas del Instituto Parroquial Su-
perior Gustavo Martínez Zuviría, del Instituto Superior de María Inmacula-
da y la Escuela Normal Superior Dalmacio Vélez Sarseld, que se realizará
los días 11 y 12 de agosto de 2016, en la mencionada localidad.-
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíquese en
el Boletín Ocial y archívese.-
FDO: PROF. DELIA M. PROVINCIALI, SECRETARIA DE EDUCACIÓN
MINISTERIO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y
OBRAS VIALES
Resolución N° 133
Córdoba, 23 de junio de 2016
Expediente Nº 0451-003703/2014/R6.-
VISTO: Este expediente en el que la Secretaría de Arquitectura pro-
picia por Resolución 063/2016 se apruebe la contratación de los Trabajos
Adicionales de la obra: “EJECUCIÓN DE LAS TAREAS DE REPARACIO-
NES Y REFUNCIONALIZACIONES que oportunamente se determinen
para la realización del PLAN INTEGRAL DE REGULARIZACIÓN EDILICIA
DE ESTABLECIMIENTOS ESCOLARES UBICADOS EN LA CIUDAD DE
CÓRDOBA – ZONA E – AÑO 2015 – DEPARTAMENTO CAPITAL – PRO-
VINCIA DE CÓRDOBA, con la Empresa TRAUCO S.R.L. por la suma de $
1.800.000,00.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución N° 123/2015 del entonces Ministerio de
Infraestructura, se adjudicó la ejecución de la obra de que se trata a la
empresa TRAUCO S.R.L., habiéndose rmado el contrato correspondiente
con fecha 8 de setiembre de 2015 y replanteado la obra el 9 de septiembre
de 2015.
Que obra en autos nota del señor Ministro de Educación, en la que ex-
presa que la Zona E cuenta con un importante avance de obra, estimando
necesario implementar acciones tendientes a obtener una ampliación del
Contrato de Obra, de modo tal de continuar atendiendo en forma ecaz
los distintos reclamos emanados de las Direcciones de aquellos Estableci-
mientos Educativos que son objeto de intervención.
Que con motivo de la citada solicitud, el entonces Director General
de Arquitectura incorpora en autos informe de fecha 04 de diciembre de
2015, de donde surge que la categoría de trabajos “urgencias/ emergen-
cias” insumió tempranamente una parte importante del total de módulos
disponibles para esta zona “E” en particular, que a los efectos de cumplir
con el programa resulta indispensable utilizar un considerable porcentual
de módulos, por lo que propone un adicional al contrato original del orden
del treinta por ciento (30%), de manera de disponer de un monto de $
1.800.000,00, para ser invertido durante los primeros meses del año 2016,
asegurando así un comienzo normal de la actividad escolar en todos los
establecimientos.
Que asimismo maniesta, que atento a la necesidad de salvaguardar
los intereses en juego, tales como el bien común y el derecho del alumna-
do a la educación y enseñanza y por las implicancias graves que pudieran
derivarse de la falta de atención inmediata de los trabajos de que se trata
y que pudieran a la postre llegar a poner en riesgo la salud y seguridad
de los niños que asisten a dichos establecimientos, resulta conveniente
aprobar los trabajos adicionales.
Que con fecha 4 de marzo de 2016, el señor Ministro de Educación
ratica las necesidades oportunamente expuestas por la Dirección de In-
fraestructura Escolar, en relación a la conveniencia de ampliar el contrato
en un treinta por ciento (30%) de cada una de las once (11) zonas en las
cuales se dividió la Ciudad de Córdoba Capital para la ejecución del Plan
de que se trata (Año 2015), el que se encuentra en plena ejecución, por
cuyo éxito y avance actual amerita se aprueben los Adicionales del mismo.
Que también expresa que ello posibilitará el normal desarrollo del pre-
sente Ciclo Lectivo Escolar Año 2016 a través del mantenimiento correctivo,
preventivo y permanente de los edicios escolares de la Ciudad de Córdo-
ba.
Que luce agregado el correspondiente Documento de Contabilidad
(Nota de Pedido Nº 2016/000128) conforme el artículo 13 de la Ley de
Obras Públicas Nº 8614, así como el Certicado de Habilitación para Adju-
dicación, expedido por el Registro de Constructores de Obras (artículo 23
correlativos y concordantes del Decreto N° 809/96).
Que obra Dictamen Nº 074/2016 del Departamento Jurídico de la Di-
rección General de Asuntos Legales de este Ministerio, en el que se expre-
sa que no existe objeción jurídico formal que realizar, pudiendo dictarse el
instrumento legal por el cual se adjudiquen los trabajos adicionales que se
propician a la Empresa TRAUCO S.R.L., todo en orden a las disposiciones
de la Ley de Ejecución de Presupuesto N° 5901 (T.O. Ley N° 6300 y modi-
catorias) y con sustento legal en las previsiones de los artículos 40 y 41 de
la Ley Nº 8614 y Decretos Reglamentarios Nros. 4757/77 y 4758/77.
Por ello, las actuaciones cumplidas, la normativa citada, lo dictaminado
por el Departamento Jurídico de la Dirección General de Asuntos Legales
de este Ministerio bajo el Nº 074/2016, y en uso de sus atribuciones;

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