Resolución N° 1320/MEFGC/19

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas - Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición23 de Mayo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 1320/MEFGC/19
Buenos Aires, 16 de mayo de 2019
VISTO: La Ley Nº 471 (texto consolidado por Ley N°6017), el Convenio Colectivo de
Trabajo, instrumentado por las Resoluciones Nº 2777/MHGC/2010, 2778/MHGC/2010
y 2779/MHGC/2010 y las Actas Nros. 27/2013 y 6/2014 Comisión Paritaria Central
instrumentadas por las Resoluciones Nros. 114/MHGC/2014 y 1287/MHGC/2014
respectivamente y el Expediente Electrónico Nº 9276688/GCABA-SGCBA/2019 y
CONSIDERANDO:
Que en el marco de lo establecido en el Título II de la Ley Nº 471 de Relaciones
Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se
han llevado a cabo negociaciones colectivas entre representantes gremiales y el
Gobierno de la Ciudad, en relación a la creación de Plantas Transitorias del personal;
Que aquéllas dieron como resultado los acuerdos consagrados en las Actas Nros.
27/2013, instrumentada por la Resolución Nº 114/MHGC/2014, para continuar con el
pase a dicha Planta en forma progresiva del personal contratado bajo todas las
modalidades existentes en el ámbito del Gobierno de la Ciudad y Acta N° 6/2014,
instrumentada por Resolución N° 1287/MHGC/2014, por la que se establecieron las
pautas de aplicación de dicho régimen;
Que el artículo 45 de la Ley Nº 471 y artículo 20 del Convenio Colectivo de Trabajo,
instrumentado por las Resoluciones Nº 2777/MHGC/2010, 2778/MHGC/2010 y
2779/MHGC/2010, prevén la prestación de servicios de carácter transitorio o eventual,
no incluidos en las funciones propias del régimen de carrera y que no puedan ser
cubiertos por personal de planta permanente;
Que en consecuencia mediante Resolución Conjunta N° 1639/MMGC/2014, se
incorporó a partir del 1 de enero de 2015, entre otras personas, al señor Pablo
Fernando Bravo, CUIL. 20-32523003-8, al citado régimen en la Sindicatura General de
la Ciudad de Buenos Aires;
Que según surge de los presentes actuados por Resolución N° 85/SGCBA/2018 se
dispuso aceptar a partir del 1 de mayo de 2018, su renuncia, a la precitada
Sindicatura;
Que como resultado de lo mencionado en el apartado anterior, corresponde ratificar
dicha norma y por tal motivo, dejar sin efecto la contratación otorgada;
Que la mencionada Sindicatura, manifiesta que resulta necesario incorporar en su
reemplazo a partir del 1 de abril de 2019, al señor Nicolás Manuel Marcote, CUIL. 20-
38624731-6, quien revista bajo la modalidad contractual de Locación de Servicios, al
régimen de prestación de servicios que prevén las normas citadas anteriormente, con
el objeto de lograr mayor eficacia en el cumplimiento de las funciones asignadas;
Que resulta necesario sancionar una norma que permita su incorporación a la Planta
en cuestión, cuyo mecanismo de ingreso, egreso y percepción de haberes sea
dinámico y eficiente;
Que la Dirección General Planificación y Control Operativo, de la Subsecretaría de
Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, ha tomado su
debida intervención;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5623 - 23/05/2019

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