Resolución N° 130-AGC/18

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición 1 de Marzo de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N.º 130/AGC/18
Buenos Aires, 21 de febrero de 2018
VISTO:
El Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510-GCBA/97 (Texto consolidado por la Ley
5.666), el Expediente N° 1300260/09, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente citado en el visto tramita la solicitud de habilitación
efectuada por la firma ARCOS DORADOS ARGENTINA S.A., respecto del local sito
en la Av. Intendente Bullrich Nº 345, Planta Baja, Local N° 1026, de esta Ciudad, para
desarrollar los rubros "Café bar (602020)", "Casa de lunch (602010)" y "Comercio
minorista de helados (sin elaboración) (601050)";
Que a través del Informe de Rubros Rechazados y Motivos la Dirección General de
Habilitaciones y Permisos rechazó la referida solicitud por no haberse subsanado en
tiempo y forma las observaciones oportunamente efectuadas, de conformidad a lo
establecido en el artículo 9° del Decreto N° 93-GCBA/06, siendo el administrado
notificado el 7 de Abril de 2014;
Que mediante la Presentación Agregar N° 2, el Sr. Diego M. Lourido, en su carácter de
apoderado de la firma titular del trámite, interpuso Recurso de Reconsideración contra
el mencionado rechazo, y por Presentación Agregar N° 3 de fecha 3 de Junio de 2014,
adjuntó nueva documentación ampliando el recurso interpuesto;
Que a través de la Disposición N° 1158-DGHP/2017, la Dirección General de
Habilitaciones y Permisos desestimó el recurso interpuesto "toda vez que no existen
elementos que modifiquen el criterio adoptado", manteniendo el rechazo de la solicitud
de habilitación;
Que corresponde en esta instancia el tratamiento del Recurso Jerárquico que opera en
subsidio del de Reconsideración oportunamente interpuesto, en los términos previstos
por el artículo 111° y subsiguientes del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510-
GCBA/97;
Que habiendo otorgado la debida intervención a la Procuración General de la Ciudad
de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido por el artículo 115° de la Ley de
Procedimientos Administrativos, el 8 de Mayo de 2017 dicho organismo asesor emitió
el Dictamen Nº IF-2017- 10544558-PGAAIYEP de fecha 8 de mayo de 2017
manifestando que "con posterioridad a la notificación del acto que desestimara el
recurso de reconsideración impetrado, según Disposición 2017-1158-DGHP, de fecha
27/01/17, no se registra presentación alguna de la recurrente." y sugiriendo "(...)
desestimar el recurso jerárquico impetrado en subsidio del recurso de reconsideración
interpuesto (...)";
Por ello, en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 11° inciso e) de la Ley Nº
2.624,
EL DIRECTOR EJECUTIVO
DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL
RESUELVE
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5325 - 01/03/2018

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR