Resolución Nº 103/09 de 13 de Mayo de 2009

La Plata, 13 de mayo de 2009.

VISTO el Marco Regulatorio de la Actividad Eléctrica en la Provincia de Buenos Aires, conformado por la Ley 11769 (T.O. Decreto Nº 1.868/04), su Decreto Reglamentario Nº 2479/04, el Contrato de Concesión suscripto, la Resolución OCEBA Nº 0033/09, el Expediente Nº 2429-5688/2008, y

CONSIDERANDO:

Que la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA ATLÁNTICA SOCIEDAD ANÓNIMA (EDEA S.A.) interpuso recurso de revocatoria con apelación en subsidio contra la Resolución OCEBA Nº 0033/09 dictada en las actuaciones indicadas en el Visto (fs 84/88);

Que a través del citado acto administrativo se estableció: "…ARTÍCULO 1º: Ordenar a la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA ATLÁNTICA SOCIEDAD ANÓNIMA (EDEA S.A.), resarcir, reparar, reponer o sustituir, íntegramente, en un plazo no mayor de treinta (30) días, los artefactos eléctricos dañados y denunciados por las Celia Haydee COSENTINO y Zelmira Hortensia ROJAS, titulares de los suministros Nº 73-71773, 73-172564 y Nº 73-357782 respectivamente, ubicados los dos primeros en la Avenida Constitución Nº 4371 y en la calle Blas Parera nº 1015, y el tercero en la Avenida Constitución Nº 4317, piso 1º departamento B, todos de la ciudad de Mar del Plata, como consecuencia de deficiencias en la calidad del servicio ocurridas el 10 de marzo de 2008…" (fs 72/76);

Que notificada la resolución el 12 de febrero de 2009, la Concesionaria cuestionó la misma el 27 de febrero del mismo año (f 89);

Que conforme lo previsto en el artículo 89 de la Ley de Procedimiento Administrativo, el término para interponer el recurso de revocatoria es de diez (10) días hábiles administrativos, contados a partir del día siguiente de la notificación, siendo dicho plazo perentorio;

Que de ello deviene que el recurso presentado por la Distribuidora ha sido interpuesto en legal tiempo y forma;

Que la Concesionaria Provincial se agravia del acto cuestionado manifestando que: "…la Resolución en cuestión resulta nula de nulidad absoluta, toda vez que resuelve en franca contradicción a lo...

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