Resolución N° 129 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor10 de Octubre de 2017
EmisorMinisterio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales
Fecha de la disposición26 de Mayo de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXI - Nº 141
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 21 DE JULIO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES
R E S U E L V E :
Artículo 1º.- RECTIFÍCASE el importe en la Planilla de Detalle de
Modicaciones Presupuestarias - Junio 2016 que como Anexo Único in-
tegra la Resolución Ministerial Nº 168 de fecha 29 de julio de 2016, en la
Compensación Nº 51 – Expediente Nº 0045-018644/2016, donde dice: $
633.500,00 debe decir: $ 633.500.000,00, y en consecuencia SUSTITÚ-
YESE dicha Planilla por la que como Anexo I forma parte del presente
instrumento legal.
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese a la Dirección General
de Presupuesto e Inversiones Públicas, pase al Tribunal de Cuentas de la
Provincia, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: CR. JOSÉ GARCÍA, MINISTRO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS
VIALES
ANEXO: https://goo.gl/2jaxZw
Resolución N° 129
Córdoba, 26 de mayo de 2017
Expediente Nº 0451-006543/2017.-
VISTO: este expediente en el que obra la Resolución Ministerial Nº 066 de
fecha 30 de marzo de 2017 por la cual se aprobaron las readecuaciones de
los montos de los contratos de obras públicas abarcados por la exención al
impuesto a los ingresos brutos, incorporada por la Ley 10.411 en el artículo
215 - inciso 32 del Código Tributario de la Provincia de Córdoba - Ley Nº
6006 – T.O. 2015 y sus modicatorias, con acto administrativo de adjudi-
cación o con procedimiento de redeterminación de precio y/o modicación
contractual en curso, a partir del 1 de febrero de 2017, conforme lo detalla-
do en las planillas que como Anexos I, II, II bis y III, forman parte integrante
de dicha resolución.
Y CONSIDERANDO:
Que habiéndose dado intervención al Tribuna l de Cuentas de la Pro-
vincia, mediante providencia incorporada en autos, dispone la devolu-
ción de las presentes actuaciones por presentar “errores formales y/o
administrativos”.
Que el Subsecretario de Administración de este Ministerio mani-
fiesta en autos que resulta necesario excluir expedientes de los Anexos
I y II bis de la Resolución Ministerial Nº 066/2017, referidos al lista-
do de obras correspondientes a la Dirección Provincial de Vialidad y
a la Secretaría de Arquitectura, respectivamente, por considerar que
las obras gestionadas mediante Expedientes Nros. 0045-014519/2008 y
0045-016004/2011 se iniciaron en esta Repartición y posteriormente fueron
transferidas a la Agencia Córdoba de Inversión y Financiamiento y las tra-
mitadas en el Expediente Nº 0047-004563/2015 se transrieron a la Agen-
cia Córdoba Turismo.
Que asimismo, el citado funcionario expresa que los expedientes
caratulados con los Nros. 0045-016166/2012, 0045-016850/2014, 0045-
017003/2014, 0045-017323/2015, 0045-017483/2015, 0045-018710/2016,
0045-017645/2015, 0045-018804/2016, 0045-019000/2016 y 0045-
019020/2016, nominados en el punto C) de su informe, deben ser excluidos
de la Resolución Ministerial Nº 066/2017, por no cumplir con los extremos
requeridos por el artículo 4º del Decreto Nº 259/2017.
Que el señor Subsecretario de Administración expresa también
que, atento haberse detectado errores materiales en la transcripción
de cifras en la elaboración de los cálculos en la columna denominada
“Nuevo Valor del Contrato al 31/01/2017” de los Anexos I y II de la Re-
solución Ministerial Nº 066/2017, detalla en el punto D) de su informe
los montos correctos pertenecientes a cada una de las obras allí men-
cionadas.
Que por último, surge del informe de que se trata la necesidad
de corregir el número de expediente que corresponde a la obra: “Tra-
bajos de rellenos y muros de contención en patios del sector III de la
Localidad de Río Ceballos – Córdoba”, debiéndose citar el Expediente
Nº 0135-032549/2016 en el Anexo III de la Resolución Ministerial Nº
066/2017.
Que obra Dictamen Nº 173/2017 de la Dirección General de Asun-
tos Legales de este Ministerio en el cual se expresa que, atento lo
dispuesto por el artículo 6º del Decreto Nº 259/2017, puede dictarse
el instrumento legal por el cual se rectifiquen los Anexos de la Reso-
lución Ministerial Nº 066/ 2017 y en consecuencia se sustituyan por
las planillas acompañadas en autos, conforme lo manifestado por el
Subsecretario de Administración de este Ministerio, debiéndose remitir
las presentes actuaciones al Tribunal de Cuentas de la Provincia, a los
fines de la intervención de su competencia.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado
por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el
Nº 173/2017 y en uso de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES
R E S U E L V E:
Artículo 1°.- RECTIFÍCANSE los Anexos I, II, II bis y III de la Reso-
lución Ministerial Nº 066 de fecha 30 de marzo de 2017, por la cual se
aprobaron las readecuaciones de los montos de los contratos de obras
públicas abarcados por la exención al impuesto a los ingresos brutos,
incorporada por la Ley 10.411 en el artículo 215 - inciso 32 del Código
Tributario de la Provincia de Córdoba - Ley Nº 6006 – T.O. 2015 y sus
modificatorias, con acto administrativo de adjudicación o con procedi-
miento de redeterminación de precio y/o modificación contractual en
curso, en los términos expresados en autos por el señor Subsecretario
de Administración y en consecuencia SUSTITÚYENSE los mismos por
las planillas que como Anexos I, II y III, compuestos de cuatro (4), cua-
tro (4) y dos (2) fojas respectivamente, se acompañan y forman parte
integrante de la presente resolución.
Artículo 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, tome conocimien-
to el Subsecretario de Administración de este Ministerio, dése interven-
ción al Tribunal de Cuentas de la Provincia, a la Dirección Provincial de
Vialidad, a la Secretaría de Arquitectura y a la Dirección General de
Vivienda, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: CR. JOSÉ GARCÍA, MINISTRO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS
VIALES
anexo: https://goo.gl/VNpnwM

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