Resolución Nº 1271/GCABA/MAYEPGC/15

FirmantesCenzón
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición25 de Septiembre de 2015

VISTO:

La Ley Nacional de Obras Publicas N° 13064, la Ley N° 2809 y su modificatoria N°

4763, los Decretos Nros. 71/14, 127/14, las Resoluciones Nros. 4271-MHGC/08, 1519-

MAYEPGC/14, el Expediente Electrónico N° 3598444-DGTALMH/15, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el actuado citado en el Visto tramita la solicitud de la empresa ALTOTE

S.A., de la Primera (1°) Redeterminación Definitiva de Precios de la Obra

"Rehabilitación y Mantenimiento de Aceras de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires",

en relación a la Zona N° 10;

Que, como antecedente del caso es dable destacar que, por Decreto N° 71/14, se

aprobaron los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Particulares y de

Especificaciones Técnicas licitatorios para la Licitación Pública N° 226/14,

correspondiente a la precitada obra, delegándose en el Ministerio de Ambiente y

Espacio Público la facultad de dictar todos los actos necesarios para la ejecución del

contrato;

Que, posteriormente, mediante Resolución N° 1519-MAYEPGC/14, fue aprobada la

Licitación Pública N° 226/14 y adjudicada la Zona N° 10 a la firma ALTOTE S.A.;

Que, en este contexto cabe resaltar que, la readecuación de precios solicitada

encuentra amparo conforme lo dispuesto en la Ley N° 2809, el Decreto N° 127/14 y el

Anexo III de la Resolución N° 4271-MHGC/08; Artículo 1

Que, en virtud de la solicitud que nos ocupa, el Ente de Mantenimiento Urbano Integral

ha tomado la intervención prevista en la normativa vigente, emitiendo el Informe N°

4885675-EMUI/15, resaltando que la empresa reclamante no registra incumplimientos

en la ejecución de trabajos por causas imputables a la contratista, y que no existió

acopio de materiales;

Que, por su parte, también ha tomado la intervención que le compete, la Dirección

General de Redeterminación de Precios del Ministerio de Hacienda, expidiéndose

mediante el Informe N° 13731531-DGRP/15, expresando la variación de los factores

que integran la estructura de ponderación, conforme los porcentajes de incidencia,

superó a los meses de marzo y septiembre del año 2014 el porcentaje de incremento

establecido en el artículo 2° de la Ley N° 2809, siendo del 19,94%;

Que, dicha Dirección General pone de manifiesto a la vez que, se deberá redeterminar

el faltante de obra al día 1° de septiembre del año 2014, utilizando los índices

publicados por el Instituto Nacional de...

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