Resolución Nº 127
Emisor | Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo |
Fecha de la disposición | 3 de Junio de 2016 |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXVIII - Nº 112
CORDOBA, (R.A.), MIERCOLES 8 DE JUNIO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
SECRETARIA DE EQUIDAD Y PROMOCIÓN DE
EMPLEO
Resolución N° 127
Córdoba, 03 de Junio de 2016.-
VISTO:El Decreto N° 560/2016 y la necesidad de trazar una alianza
estratégica con organizaciones de la sociedad civil para brindar solución a
los problemas de los vecinos de nuestra provincia.
Y CONSIDERANDO:
Que en la estructura orgánica del Poder Ejecutivo prevista en el De-
creto N° 1791/2015, raticado por Ley N° 10.337, compete a la Secretaría
de Equidad y Promoción del Empleo, asistir al Poder Ejecutivo en todo lo
relativo a la consecución de la equidad social, la capacitación laboral, la
promoción del empleo y el fortalecimiento de las asociaciones comunita-
rias, y en particular, conforme al inc. 5 entender en “la promoción, capaci-
tación, subsidio y asistencia técnica de las asociaciones, instituciones de
bien público y organizaciones intermedias y no gubernamentales”.
Que el Gobierno de la Provincia de Córdoba a través de la Secreta-
ría de Equidad y Promoción del Empleo lleva a cabo el Plan PORLAFLIA
(creado por Decreto N° 560/2016), que incluye entre otros programas, el de
Fortalecimiento Institucional para Centros Vecinales y de Jubilados de la
Provincia de Córdoba que tiene como objetivo general, promover y fortale-
cer institucionalmente a los Centros y/o Asociaciones Vecinales, Comisio-
nes de Vecinos y Centros de Jubilados con personería jurídica provincial a
los nes de constituirlos como ámbito de recreación e integración social y
comunitaria.
Que en el marco del plan de fortalecimiento de la estructura familiar,
desde esta Secretaría alentamos el desarrollo de las organizaciones socia-
les y comunitarias que trabajan a nuestro lado por la gente.
Que los Centros Vecinales y las asociaciones de este tipo surgen como
un movimiento asociativo ante la necesidad de organizarse para afrontar y
solucionar los problemas de los vecinos desde la base, es decir desde los
barrios de nuestras ciudades; y que por ello, los reconocemos como puntos
estratégicos de contención y detección de demandas concretas y urgentes.
Por todo ello, en el marco de las competencias y facultades previstas en el
artículo 39° del Decreto N° 1791/15, raticado por Ley N° 10337;
LA SECRETARÍA DE EQUIDAD Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO
RESUELVE:
Artículo 1°.-CREACIÓN: Créase el “Programa de Promoción Institu-
cional para Centros Vecinales” (PICV) que tiene como objetivo desarrollar
y fortalecer la calidad institucional de los Centros Vecinales, Asociaciones
Vecinales y Comisiones de Vecinos para permitir la implementación de ac-
ciones comunitarias basadas en principios de la participación democrática
y solidaridad vecinal, y dirigidas a mejorar la calidad de vida de los ciuda-
danos del barrio y sus alrededores.
Artículo 2°.-ALCANCES: El Programa está destinado a proveer, pro-
mover, facilitar y desarrollar las siguientes acciones y actividades:
1. Financiamiento de proyectos de interés comunitario.
2. Tarifa Solidaria para las sedes de los centros vecinales (incluye
el servicio eléctrico, agua potable y el impuesto inmobiliario provin-
cial).
3. Regularización Institucional: reducción del arancel correspon-
diente al Consejo Profesional de Ciencias Económicas por certica-
ción del balance anual.
4. Turismo Social: para las entidades que deseen participar de
viajes recreativos a las Colonias de Vacaciones del Gobier no de la
Provincia.
5. Formación de Dirigentes: espacios de capacitación en planica-
ción estratégica, liderazgo participativo, búsqueda de nanciamiento
para proyectos comunitarios y comunicación institucional con el n
de potenciar las habilidades de las autoridades que presiden cada
institución vecinal.
6. Juegos Depor tivos x la Flia: actividades con el objetivo de pro-
mover espacios de encuentro para toda la familia, en la que los cen-
tros vecinales podrán participar en distintas disciplinas.
7. Cultura en mi barrio: salidas al teatro, cine móvil, visitas a mu-
seos, circuito de arte urbano y shows para centros vecinales.
8. Proyectos para los jóvenes: nanciación de proyectos que ten-
gan como protagonista a los jóvenes de cada barrio.
9. Capacitación en proyectos institucionales sustentables.
Artículo 3°.-REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN: Para acceder a
los benecios del Programa, los Centros Vecinales interesados deberán
presentar la siguiente documentación y cumplimentar los requisitos exigi-
dos:
1. Formulario de Inscripción
2. Copia de La Resolución del Reconocimiento Municipal emitido
por la Municipalidad y Comuna correspondiente a su jurisdicción.
3. Certicado de Subsistencia que incluya nómina de autoridades
vigentes con fechas de designación y plazo de duración de las mis-
mas, extendido por la Dirección General de Inspección de Personas
Jurídicas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (podrá ser
solicitado en nuestra Ocina de Fortalecimiento Institucional)
4. Copia de la Resolución de la Dirección General de Inspección
de Personas Jurídicas por la cual se le otorgó la Personería Jurídica al
Centro, Asociación o Comisión Vecinal.
5. Fotocopia de la primera y segunda hoja del DNI del Presidente, Se-
cretario y Tesorero del Centro, Asociación o Comisión Vecinal.
6. Certicado de Domicilio par ticular del Presidente, Secretario y Teso-
rero del Centro, Asociación o Comisión Vecinal, emitido por la Policía de la
Provincia de Córdoba.
Artículo 4°.-ESTABLECESE a la Subsecretaría de Participación Comu-
nitaria dependiente de esta Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo
como responsable de la gestión y coordinación del proceso general de imple-
mentación del “Programa de Promoción Institucional para Centros Vecinales”
(PICV).
Artículo 5°.- APRUÉBASE el diseño de “Formulario de Inscripción PICV”
que como Anexo Único forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 6°.-Los formularios y la documentación requerida podrán ser pre-
sentados por las entidades en las distintas bocas del Sistema Único de Aten-
ción al Ciudadano (SUAC) en todo el ámbito de la Provincia y serán derivados
a la Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo, Subsecretaría de Partici-
pación Comunitaria.
Artículo 7°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.-FDO: ALEJANDRA VIGO, SECRETARIA DE EQUIDAD Y
PROMOCIÓN DEL EMPLEO
ANEXO: http://goo.gl/s8CFBH
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