Resolución N° 1267/MSGC/21

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición 1 de Junio de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.° 1267/MSGC/21
Buenos Aires, 27 de mayo de 2021
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos, aprobada por Decreto de
Necesidad y Urgencia N° 1510/97 (Texto consolidado por Ley N° 6.347), la Ley 2.095
(Texto consolidado por Ley N° 6.347), el Decreto N° 168/19 y N° 207/19, las
Disposiciones N° 92-EAIT/18, N° 105-GCABA-EAIT/20 y N° 5-GCABA-EAIT/21, y el
Expediente Electrónico N° EX-2021- 06110378-GCABA-AGC, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita el recurso de alzada interpuesto por el
Sr. Sergio Alberto Zapata en su carácter de Presidente de PACIFIC OCEAN S.A.
contra las Disposiciones N° 105-GCABAEAIT/20 y N° 5-GCABA-EAIT/21, dictadas en
el marco de la Licitación Pública de Etapa Única N° 623- 0980-LPU18 para la
Contratación de un Servicio de Transporte Aéreo no Regular Interno y Regional
destinado al traslado del equipo médico de ablación y trasplante, con su respectivo
equipaje y carga, así como órganos y tejidos ablacionados, y el transporte terrestre del
equipo médico y/o órganos y tejidos, desde la institución hospitalaria correspondiente,
hasta la institución donde se llevare adelante el proceso de donación, con retorno al
hospital, dentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y hasta 200 km;
Que en el marco del Expediente Electrónico N° 18037624-MGEYA-DGCYC/18 se dictó
la Disposición N° 92-GCABA-EAIT/18 por la cual el Ente Autárquico Instituto de
Trasplante de la CABA, aprobó la Licitación Pública mencionada y adjudicó la
prestación del servicio a la firma PACIFIC OCEAN S.A. Renglones N° 1 al 3 en la
suma total de PESOS ONCE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL
SETECIENTOS TREINTA Y UNO con 60/100 ($ 11.995.731,60.-), por un plazo de
veinticuatro (24) meses consecutivos, emitiéndose en consecuencia el Documento
Contractual N° 623- 0194-OCA18;
Que acaecido el vencimiento del contrato original, mediante la Disposición N° 105-
GCABA-EAIT/20 se prorrogó por veinticuatro (24) meses el Documento Contractual N°
623-0194-OCA18, a partir del 06/12/20 o hasta el perfeccionamiento del nuevo
contrato, lo que ocurriera primero, la que fuera notificada en fecha 09/12/20;
Que mediante la Disposición N° 5-GCABA-EAIT/21 se aprobó la tercera actualización
de precios a partir del 06/11/20 con sustento en el índice de variación establecido por
el Artículo 59 del PBCP, la que fuera notificada en fecha 26/01/21;
Que con fecha 12/02/21 la firma PACIFIC OCEAN S.A. presentó recurso de alzada
contra las Disposiciones citadas en los considerandos anteriores;
Que la recurrente argumenta que la notificación de la Disposición N° 105-GCABA-
EAIT/20 careció de la enunciación de los recursos administrativos disponibles,
adoleciendo de nulidad, por lo que manifiesta que el Recurso de Alzada ha sido
interpuesto en legal tiempo y forma, debiendo computarse el plazo desde la
notificación de la Disposición N° 5-GCABA-EAIT/21;
Que sobre el fondo de la cuestión, la recurrente sostiene que al anoticiarse de la
intención de prórroga condicionó su aceptación a la revisión de precios sobre costos
reales, situación que no fue debidamente contemplada al momento de dictarse las
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6138 - 01/06/2021

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