Resolución N° 1266

EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición14 de Octubre de 2015
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCX - Nº 209 CÓRDOBA, 30 de Octubre de 20152
VIENE DE TAPA
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal
Superior de Justicia, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
GRACIELA DEL VALLE CHAYEP
MINISTRA DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 1162
Córdoba, 27 de octubre de 2015
VISTO: La solicitud efectuada por el titular de la Presidencia del
Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba, Dr.
Domingo Juan Sesin, de prórroga del orden de mérito del Con-
curso para cubrir el cargo de Asesor Letrado Penal de Capital.
Y CONSIDERANDO:
Que es facultad de este Poder Ejecutivo, atento las necesidades
del servicio de Justicia, y más allá de la tarea que viene realizando
el Consejo de la Magistratura, disponer la prórroga del orden de
mérito correspondiente al concurso para la cobertura del cargo
de Asesor Letrado Penal de Capital, confeccionado por Acuerdo
Nro. 37 del Consejo de la Magistratura de la Provincia de Córdoba,
de fecha 04 de septiembre de 2014.
Por ello, lo dispuesto por el Artículo 31 de la Ley N° 8802 y sus
modificatorias y en uso de las atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1°.- PRORRÓGASE, desde la fecha de su vencimiento
y por el término de Ley, el orden de mérito definitivo confeccionado
por Acuerdo Nro. 37 de fecha 04 de septiembre de 2014 del
Consejo de la Magistratura de la Provincia, correspondiente al
concurso para cubrir el cargo de Asesor Letrado Penal (Capi-
tal).
Artículo 2°.- El presente Decreto será refrendado por la
señora Ministra de Justicia Derechos Humanos y por el señor
Fiscal de Estado.
Artículo 3°.- PROTOCOLICESE. Comuníquese, dese al
Consejo de la Magistratura de la Provincia, al Tribunal Superior
de Justicia, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
GRACIELA DEL VALLE CHAYEP
MINISTRA DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 1163
Córdoba, 27 de octubre de 2015
VISTO: La solicitud efectuada por el titular de la Presidencia del
Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba, Dr.
Domingo Juan Sesin, de prórroga del orden de mérito del Con-
curso para cubrir el cargo de Asesor Letrado con competencia
múltiple del Interior.
Y CONSIDERANDO:
Que es facultad de este Poder Ejecutivo, atento las necesidades
del servicio de Justicia, y más allá de la tarea que viene realizando
el Consejo de la Magistratura, disponer la prórroga del orden de
mérito correspondiente al concurso para la cobertura del cargo
de Asesor Letrado con competencia múltiple del Interior,
confeccionado por Acuerdo Nro. 52 del Consejo de la Magistratura
de la Provincia de Córdoba, de fecha 23 de octubre de 2014.
Por ello, lo dispuesto por el Artículo 31 de la Ley N° 8802 y sus
modificatorias y en uso de las atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1°.- PRORRÓGASE, desde la fecha de su vencimiento
y por el término de Ley, el orden de mérito definitivo confeccionado
por Acuerdo Nro. 52 de fecha 23 de octubre de 2014 del Consejo
de la Magistratura de la Provincia, correspondiente al concurso
para cubrir el cargo de Asesor Letrado con Competencia Múltiple
(Interior Provincial).
Artículo 2°.- El presente Decreto será refrendado por la
señora Ministra de Justicia Derechos Humanos y por el señor
Fiscal de Estado.
Artículo 3°.- PROTOCOLICESE. Comuníquese, dese al
Consejo de la Magistratura de la Provincia, al Tribunal Superior
de Justicia, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
GRACIELA DEL VALLE CHAYEP
MINISTRA DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 1144 Córdoba, 27 de octubre de 2015
VISTO: La necesidad de cubrir la vacante producida en el
Directorio de la Empresa Provincial de Energía de Córdoba
(E.P.E.C.).
Y CONSIDERANDO
Que de acuerdo a lo establecido por el artículo 9 del Estatuto
Orgánico de la Empresa Provincial de Energía de Córdoba
(E.P.E.C) aprobado por Ley N° 9087, es facultad de este Poder
Ejecutivo la designación de los miembros del Directorio de dicha
Empresa.
Que el Ing. Julio Armando Bragulat cumple con los requisitos
personales, profesionales y de idoneidad pertinentes para el
ejercicio de la Dirección de la Empresa.
Por ello, las disposiciones de la Ley N° 9087 y en uso de las
atribuciones conferidas en el artículo 144 de la Constitución Pro-
vincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo1° DESIGNASE, a partir de la fecha del presente
Decreto, al Ing. Julio Armando Bragulat (M.I. N°: 4.546.811) en
el cargo de Vocal del Directorio de la Empresa Provincial de
Energía de Córdoba (E.P.E.C).
Artículo 2° FACÚLTASE al Señor Ministro de Finanzas a
realizar todas las adecuaciones presupuestarias que se deriven
de lo dispuesto en el presente Decreto.
Artículo 3° El presente Decreto será refrendado por los
Señores Ministro de Agua, Ambiente y Servicios Públicos y Fis-
cal de Estado.
Artículo 4° PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese e
el Boletín Oficial y archívese.
JOSE MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
FABIAN LOPEZ
MINISTRO DE AGUA, AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO.
Resolución N° 1266 Córdoba,14 de octubre de 2015
VISTO: Los Expedientes Nros. 0109-111550/2012 (original), 0109-111550/2012/C1 y 0109-111550/2012/C2, en los cuales obran
las actuaciones relacionadas con la aplicación del Decreto N° 1659/97 de Selección y Expurgo Documental;
Y CONSIDERANDO:
Que según surge de autos, en cumplimiento del art. 5° del cuerpo legal citado se ha efectuado la pertinente publicación en el Boletín
Oficial y la exhibición del listado correspondiente en el Sistema Unico de Atención al Ciudadano (S.U.A.C.) Santa Rosa, dependiente de
este Ministerio.
Que es necesario advertir, que no se han producido peticiones de particulares interesados en la devolución o desglose de piezas a
que alude el citado artículo, por lo que en esta instancia corresponde adoptar la siguiente medida, en el marco de lo estipulado en el art.
6° del Decreto N° 1659/97.
Por ello, los informes producidos, el Dictamen N° 2254/2013 del Area Jurídica de este Ministerio y lo aconsejado a fs. 140 por la
Dirección de Coordinación de Asuntos Legales;
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art. 1°.- ORDENAR la destrucción de los documentos que se detallan en el Anexo I, que con ciento veinte (120) fojas, forma parte
integrante de la presente resolución y conforme con lo dispuesto por el Decreto N° 1659/97 de Selección y Expurgo Documental.
Art. 2°.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
ANEXO
http://goo.gl/czJujj
MINISTERIO DE
EDUCACION

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