Resolución N° 126/SSHI/19

EmisorMinisterio de Hábitat y Desarrollo Humano
Fecha de la disposición 8 de Abril de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN N.° 126/SSHI/19
Buenos Aires, 28 de marzo de 2019
VISTO:
El Decreto 1443/93 y sus modificatorios, el Decreto N° 986/GCBA/04 y sus
modificatorios, la Disposición N° 118/DGTALMDSGC/10, y el Expediente Electrónico
Nº SSHI/MGEYA/9812366/2019, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 1443/93 y sus modificatorios se establece la asignación
de un suplemento por el desempeño de tareas en horario nocturno;
Que, por su parte en el articulo N° 50 del Anexo que forma parte integrante del
Decreto N° 986/GCBA/04, establece que corresponde percibir el suplemento por
tareas nocturnas a los agentes que desempeñan tareas en horario nocturno;
Que, en este marco, la Disposición N° 118/DGTALMDS/10, aprueba el procedimiento
para la solicitud de liquidación de horas nocturnas;
Que, diversos agentes pertenecientes a la Dirección General de Desarrollo Territorial,
dependiente de la Subsecretaría de Hábitat e Inclusión dependiente del Ministerio de
Hábitat y Desarrollo Humano, desempeñaron sus tareas en horario nocturno, en el
mes de marzo del corriente año;
Que a tal fin, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,
EL SUBSECRETARIO DE HÁBITAT E INCLUSIÓN
RESUELVE
Artículo 1º.- Apruébese la percepción del pago del suplemento por tareas nocturnas
correspondientes al mes de MARZO del corriente año, al personal que presta servicios
en la Dirección General de Desarrollo Territorial, dependiente de la Subsecretaría de
Hábitat e Inclusión dependiente del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, que se
encuentra detallado en el Anexo “I“ (IF N° 2019-9824609-SSHI), que a todos sus
efectos forma parte integrante de la presente Resolución/Disposición en el modo y
forma que en el mismo se señala, en las condiciones establecidas por los Decretos
Nros. 1443/GCBA/93 y 986/GCBA/04 y sus modificatorios.
Artículo 2º.- Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa
de Gestión de Recursos Humanos de la Dirección Técnica Administrativa y Legal del
Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, y a la Dirección General de Administración
y Liquidación de Haberes de la Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos del
Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese. De Marco
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5593 - 08/04/2019

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