Resolución N° 124/APRA/22

EmisorSecretaría de Ambiente
Fecha de la disposición 6 de Junio de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN N.º 124/APRA/22
Buenos Aires, 31 de mayo de 2022
VISTO: La Ley Nacional N° 25.675, la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, las Leyes Nros. 6, 123, 1.356, 1.540, 2.214, 2.628, 3.295, 6.117, 6.292 (textos
consolidados según la Ley N° 6.347), 6.306, 6.099 modificada según la Ley N° 6.361,
y 5.961 modificada según la Ley N° 6.475, los Decretos Nros. 740/07, 2.020/17,
138/08, 85/19 y su modificatorio 229/19, 87/19, 463/19 y sus modificatorios, y 497/19,
las Resoluciones Nros. 326-APRA/13, 81-GCABA-APRA/20, 67-GCABA-APRA/21 y 1-
GCABA-APRA/22, las Disposiciones Nros. 1030-GCABA-DGEVA/21 y 484-GCABA-
DGEVA/22, las Resoluciones Conjuntas Nros. RESFC-2015-2-APRA y RESFC-2020-
1-GCABA-SSGCOM, los Expedientes Electrónicos Nros. 20783295-GCABA-APRA/21,
21769499-GCABA-APRA/21 y 12195282-GCABA- APRA/22, y
CONSIDERANDO:
Que, por el Expediente Electrónico N° 20783295-GCABA-APRA/21 citado en el Visto,
tramita la categorización y posterior emisión del Certificado de Aptitud Ambiental,
según la Ley N° 123, para el proyecto: “Masterplan “Distrito Joven”, Rubros según
normativa: “OPyES5 Obras que ocupen más del 50% de una manzana y que requieran
el dictado de normas o autorizaciones particulares” y “OPyES7 Obras relevantes de
infraestructura que desarrollen entes públicos o privados que presten servicios
públicos”, a desarrollarse en los Sectores 1, 2, 3 y 4 conforme lo establecido en la Ley
N° 5.961, modificada por Ley N° 6.475, Polígono de coordenadas de Sector 1 definido
por los puntos P01 a P79; Polígono de coordenadas de Sector 2 definido por los
puntos P01 a P51; Polígono de coordenadas de Sector 3 definido por los puntos P06 a
P91 y Polígono de coordenadas de Sector 4 definido por los puntos P11 a P98, según
Registro N° 36669941-GCABA-APRA/21 (Área según CUR: U14), con una superficie
total de 730.873 m2, bajo la titularidad de la Secretaría de Desarrollo Urbano;
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el artículo 26
establece al ambiente como patrimonio común, así como el deber de preservarlo y
defenderlo en provecho de las generaciones presentes y futuras;
Que, por su parte, la Ley N° 123 en los términos del artículo 30 de la Constitución de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, determina los procedimientos técnico-
administrativos de evaluación ambiental;
Que mediante el Decreto N° 85/19 reglamentario de la precitada Ley, se designó como
Autoridad de Aplicación a la Agencia de Protección Ambiental o al organismo que en el
futuro la reemplace;
Que el Anexo II de la Resolución N° 67-GCABA-APRA/21, regula el procedimiento
relativo a la categorización y emisión de los Certificados de Aptitud Ambiental;
Que la Ley N° 2.628, creó a la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, como entidad autárquica, con el objeto de proteger la
calidad ambiental a través de la planificación, programación y ejecución de las
acciones necesarias para cumplir con la Política Ambiental de la Ciudad de Buenos
Aires;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6391 - 06/06/2022

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