Resolución N° 1203/MEFGC/19

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas - Ente Autárquico Teatro Colón (MCGC)
Fecha de la disposición10 de Mayo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 1203/MEFGC/19
Buenos Aires, 8 de mayo de 2019
VISTO: La Ley Nº 2.855 (Texto consolidado por Ley Nº 6.017), el Decreto Nº
491/GCBA/18, sus normas reglamentarias, el Decreto Nº 224/GCBA/13, la Resolución
Nº 755/MHGC/15, el Expediente Electrónico N° 2972098-GCABA-DGTALEATC/2019,
y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita el contrato con Askonas Holt Limited,
por la London Symphony Orchestra, representada en este acto por el Señor Donagh
Patrick Collins, Pasaporte de Irlanda Nº LT2079242, por el plazo comprendido entre el
17 y 20 de mayo del año 2019, para la realización de dos (02) Conciertos con la
Dirección Musical del Mtro. Simon Denis Rattle, a realizarse los días 18 y 19 de mayo
de 2019, en el marco de la temporada artística del Ente Autárquico Teatro Colón.
Que la Ley N° 2.855, reglamentada por Decreto Nº 1.342-GCABA/08, creó el Ente
Autárquico Teatro Colón, en el ámbito del Ministerio de Cultura, del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con personería jurídica propia, autonomía
funcional y autarquía financiera, con la organización y competencias establecidas en
dicha ley.
Que el artículo 2° de la mencionada ley establece que es misión del Ente Autárquico
Teatro Colón crear, formar, representar, promover y divulgar el arte lírico, coreográfico,
musical -sinfónico y de cámara- y experimental, en su expresión de excelencia de
acuerdo a su tradición histórica, en el marco de las políticas culturales de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Que la Ley N° 2.855 faculta al Director General a celebrar los actos jurídicos de
naturaleza civil, comercial y administrativa que sean menester para el ejercicio de las
funciones del Ente Autárquico Teatro Colón, para lo cual podrá planificar y ejecutar las
actividades que correspondan para el desarrollo de los objetivos (recursos humanos,
físicos, económicos, financieros y patrimoniales) cfr. artículo 14.
Que el costo total en concepto de honorarios a LA ORQUESTA, es de PESOS TRECE
MILLONES DOSCIENTOS VEINTIUN MIL SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON
VEINTE CENTAVOS ($ 13.221.639,20.-) equivalentes a LIBRAS ESTERLINAS
DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS VEINTE (£ 227.920.-) a razón de
LIBRAS ESTERLINAS DOSCIENTOS MIL (£ 200.000.-) netos, los que se abonarán en
dos (02) pagos de acuerdo al siguiente esquema: un primer pago de LIBRAS
ESTERLINAS CIENTO TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS ( £ 132.600.-) a
abonarse a los diez días posteriores del contrato, y un segundo pago de LIBRAS
ESTERLINAS SESENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS (£ 67.400.-) netos, a
abonarse en la semana del 20 al 25 de mayo de 2019, libre de impuestos, tasas y
aranceles o su equivalente en pesos argentinos al valor de la cotización del Banco
Ciudad a la fecha de las transferencias.
Que la normativa regulatoria de las contrataciones artístico culturales en el ámbito del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el artículo 8º del Decreto Nº
224/13 define a los contratos de servicios o de obra artístico-culturales a aquellos
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5614 - 10/05/2019

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