Resolucion N° 120 “A“ 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Julio de 2017
EmisorMinisterio de Justicia y Derechos Humanos
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXIX - Nº 90
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 12 DE MAYO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Nº 4757/77 y Nº 4758/77, entiende que atento que la obra supera el índice
trescientos (300), resulta oportuno dictar el instrumento legal por el cual se
apruebe la ejecución de la misma.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada y lo dictaminado por
la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio con el
Nº 131/2017 y en uso de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- APRUÉBASE y consecuentemente AUTORÍZASE la eje-
cución de los trabajos a contratar por el Ministerio de Salud referidos a
la obra: “REMODELACIÓN Y AMPLIACIÓN GENERAL DEL HOSPITAL
DR. E. ROMAGOSA – LOCALIDAD DE DEÁN FUNES – PROVINCIA DE
CÓRDOBA, conforme la documentación técnica compuesta por Criterios
para presentación de proyectos de ingeniería de detalles en estructuras
e instalaciones, Memoria de Arquitectura, Pliegos Particulares de Especi-
caciones Técnicas, Planos, Estructura de Costos Principal, Presupuesto
ocial, Pliego Particular de Condiciones y sus Anexos, elaborados por la
Dirección General de Infraestructura y la Dirección General de Compras
y Contrataciones, ambos del Ministerio de Salud, por la suma de Pesos
Cuarenta y Un Millones Quinientos Setenta y Tres Mil Seiscientos Noventa
y Dos con Cincuenta Centavos ($ 41.573.692,50).
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial, pase al Ministerio de Salud a sus efectos y archívese.
FDO: CR. JOSÉ GARCÍA, MINISTRO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS
VIALES
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
DIRECCION GENERAL INSPECCION DE
PERSONAS JURIDICAS
Resolución N° 116 - Letra:A
Córdoba, 26 de Abril de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0007-129889/2016, mediante el cual la entidad
civil denominada “ESPERANZA - ASOCIACION CIVIL, con domicilio social
en la Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita autorización esta-
tal para funcionar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO: Que, conforme lo informado por el Área de Asociacio-
nes Civiles, se ha vericado el cumplimiento de los requisitos legales, for-
males y scales exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc. b)-,
169,174 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las facul-
tades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada “ESPERAN-
ZA - ASOCIACION CIVIL, con domicilio social en la Provincia de Córdoba,
República Argentina, a funcionar como Persona Jurídica.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada
“ESPERANZA - ASOCIACION CIVIL.
Artículo 3º: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de
veinte (20) días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la ins-
cripción por ante la A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables a los
nes de la rubricación, no pudiendo realizar tramite alguno sin el previo
cumplimiento de lo normado por el presente artículo.
Artículo 4°: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín
Ocial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la ins-
cripción en el registro pertinente y archívese. FDO: GUILLERMO F. GARCÍA
GARRO, DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 120 - Letra:A
Córdoba, 26 de Abril de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0007-130075/2016, mediante el cual la entidad
civil denominada “ASOCIACION COOPERADORA DEL INSTITUTO PRO-
VINCIAL DE EDUCACION AGROPECUARIA N° 3 PRESIDENTE ARTURO
ILLIA, con domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Argenti-
na, solicita autorización estatal para la Reforma del Estatuto, dispuesta en
Asamblea Extraordinaria con fecha 6 de Diciembre de 2016.
CONSIDERANDO:
Que, atento las constancias obrantes en autos, se estiman cumplidos los
requisitos formales, scales estatutarios y legales con relación a la Asam-
blea Extraordinaria con fecha 6 de Diciembre de 2016 de la entidad civil
denominada “ASOCIACION COOPERADORA DEL INSTITUTO PROVIN-
CIAL DE EDUCACION AGROPECUARIA N° 3 PRESIDENTE ARTURO
ILLIA” CUIT N° 30-65091227-2 con domicilio social en la Provincia de Cór-
doba, en la cual se resolvió la Reforma Integral del Estatuto, que compren-
de el cambio de denominación por el de “ASOCIACION COOPERADORA
DEL INSTITUTO PROVINCIAL DE EDUCACION AGROPECUARIA N° 211
PTE ARTURO ILLIA, en procura de mejorar el funcionamiento de la enti-
dad.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc. b), 168,
174, 193,195 y concordantes del Código Civil y Comercial, y en uso de las
facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley N° 8.652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: DECLARAR subsistente la Personería Jurídica otorgada
por Resolución N° 108 “A” de fecha 27 de Septiembre de 1985.

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