Resolución N° 120

EmisorDirección general de catastro
Fecha de la disposición13 de Octubre de 2015
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCX - Nº 198 CÓRDOBA, 15 de Octubre de 20154
Resolución N° 120
Córdoba, 13 de octubre de 2015
EXPTE. N° 0033-096639/2015.-
VISTO lo informado por el Área Tecnología Informática respecto
a la necesidad de incorporar en la Base de Datos las mejoras
detectadas en las parcelas que se detallan en el listado Anexo,
con motivo de la interpretación de imágenes satelitales Quick Bird
del año 2012 en la Localidad de Santa Rosa de Calamuchita,
Provincia de Córdoba;
Y CONSIDERANDO:
Que mediante el análisis de dichas imágenes se ha podido
verificar que existe diferencia entre las mejoras incorporadas en
la Base de Datos con las que surgen en las mismas;
Que por ello, con el objeto de garantizar los principios de
legalidad, equidad y capacidad contributiva en la percepción del
impuesto inmobiliario, consagrados en el Art. 71 de la Constitución
de la Provincia de Córdoba, en ejercicio de la facultad conferida
a esta Dirección por artículo 10 bis de la Ley N° 5057, y de
conformidad al artículo 164 del Código Tributario (Ley 6006 T.O.
– año 2015), corresponde disponer la incorporación a los
Registros Catastrales de las mejoras detectadas, a fin de que
impacte en la valuación de dichos inmuebles y consecuentemente
en la Base Imponible;
Que asimismo, atento que las imágenes referidas datan del año
2012 corresponde asignarles la vigencia establecida en el artículo
25 de la Ley N° 5057, a partir del 1° de Enero del 2013;
Que el procedimiento imple-mentado no exime al contribuyente
del cumplimiento de la obligación de denunciar cualquier cambio
que pueda modificar la valuación de sus inmuebles (artículo 45
inciso “c” de la Ley 5057);
Atento lo manifestado, dispositivos legales citados, lo dispuesto
por el Decreto 1443/02 y sus prórrogas, y las facultades
acordadas a esta Dirección por la Ley N° 5057;
EL DIRECTOR GENERAL DE CATASTRO
R E S U E L V E :
Artículo 1º.- Incorporar a los registros catastrales con la
vigencia a partir del 1° de Enero del año 2013, las mejoras
detectadas como resultado de la interpretación de imágenes
satelitales de la Localidad de Santa Rosa de Calamuchita, Provincia
de Córdoba, en relación a las parcelas que se detallan en el
listado anexo.
Artículo 2º.- Protocolícese, notifíquese, publíquese en el
Boletín Oficial y archívese.
ING. AGRIM. GUSTAVO M. GARCÍA
DIRECTOR GENERAL DE CATASTRO
ANEXO
http://goo.gl/iYSq0C
Resolución N° 121
Córdoba, 13 de octubre de 2015
EXPTE. N° 0033-096644/2015.-
VISTO lo informado por el Área Tecnología Informática respecto
a la necesidad de incorporar en la Base de Datos las mejoras
detectadas en las parcelas que se detallan en el listado Anexo,
con motivo de la interpretación de imágenes satelitales Quick Bird
del año 2012 en la Localidad de Villa Santa Mónica, Provincia de
Córdoba;
Y CONSIDERANDO:
Que mediante el análisis de dichas imágenes se ha podido
verificar que existe diferencia entre las mejoras incorporadas en
la Base de Datos con las que surgen en las mismas;
Que por ello, con el objeto de garantizar los principios de
legalidad, equidad y capacidad contributiva en la percepción del
impuesto inmobiliario, consagrados en el Art. 71 de la Constitución
de la Provincia de Córdoba, en ejercicio de la facultad conferida
a esta Dirección por artículo 10 bis de la Ley N° 5057, y de
conformidad al artículo 164 del Código Tributario (Ley 6006 T.O.
– año 2015), corresponde disponer la incorporación a los
Registros Catastrales de las mejoras detectadas, a fin de que
impacte en la valuación de dichos inmuebles y consecuentemente
en la Base Imponible;
Que asimismo, atento que las imágenes referidas datan del
año 2012 corresponde asignarles la vigencia establecida en el
artículo 25 de la Ley N° 5057, a partir del 1° de Enero del 2013;
Que el procedimiento imple-mentado no exime al contribuyente
del cumplimiento de la obligación de denunciar cualquier cambio
que pueda modificar la valuación de sus inmuebles (artículo 45
inciso “c” de la Ley 5057);
Atento lo manifestado, dispositivos legales citados, lo dispuesto
por el Decreto 1443/02 y sus prórrogas, y las facultades
acordadas a esta Dirección por la Ley N° 5057;
EL DIRECTOR GENERAL DE CATASTRO
R E S U E L V E :
Artículo 1º.- Incorporar a los registros catastrales con la
vigencia a partir del 1° de Enero del año 2013, las mejoras
detectadas como resultado de la interpretación de imágenes
satelitales de la Localidad de Villa Santa Mónica, Provincia de
Córdoba, en relación a las parcelas que se detallan en el listado
anexo.
Artículo 2º.- Protocolícese, notifíquese, publíquese en el
Boletín Oficial y archívese.
ING. AGRIM. GUSTAVO M. GARCÍA
DIRECTOR GENERAL DE CATASTRO
ANEXO
http://goo.gl/z9V9Yw
Resolución N° 118
Córdoba, 13 de octubre de 2015
EXPTE. N° 0033-096641/2015.-
VISTO lo informado por el Área Tecnología Informática respecto
a la necesidad de incorporar en la Base de Datos las mejoras
detectadas en las parcelas que se detallan en el listado Anexo,
con motivo de la interpretación de imágenes satelitales Quick Bird
del año 2012 en la Localidad de Villa Santa Mónica, Provincia de
Córdoba;
Y CONSIDERANDO:
Que mediante el análisis de dichas imágenes se ha podido
verificar la existencia de mejoras sobre parcelas que se
encuentran registradas como Baldíos en la Base de Datos;
Que por ello, con el objeto de garantizar los principios de
legalidad, equidad y capacidad contributiva en la percepción del
impuesto inmobiliario, consagrados en el Art. 71 de la Constitución
de la Provincia de Córdoba, en ejercicio de la facultad conferida
a esta Dirección por artículo 10 bis de la Ley N° 5057, y de
conformidad al artículo 164 del Código Tributario (Ley 6006 T.O.
– año 2015), corresponde disponer la incorporación a los
Registros Catastrales de las mejoras detectadas, a fin de que
impacte en la valuación de dichos inmuebles y consecuentemente
en la Base Imponible.
Que asimismo, atento que las imágenes referidas datan del
año 2012, corresponde asignarles la vigencia establecida en el
art. 25 de la Ley N° 5057, a partir del 1° de Enero de 2013.
Que el procedimiento imple-mentado no exime al
contribuyente del cumplimiento de la obligación de denun-ciar
cualquier cambio que pueda modificar la valuación de sus
inmuebles (artículo 45 inciso “c” de la Ley 5057).
Atento lo manifestado, dispositivos legales citados, lo dispuesto
por el Decreto 1443/02 y sus prórrogas, y las facultades
acordadas a esta Dirección por la Ley N° 5057;
EL DIRECTOR GENERAL DE CATASTRO
R E S U E L V E :
Artículo 1º.- Incorporar a los registros catastrales con la
vigencia a partir del 1° de Enero del año 2013, las mejoras
detectadas como resultado de la interpretación de imágenes
satelitales de la Localidad de Villa Santa Mónica, Provincia de
Córdoba, en relación a las parcelas que se detallan en el listado
anexo.
Artículo 2º.-Protocolícese, notifíquese, publíquese en el Boletín
Oficial y archívese.
ING. AGRIM. GUSTAVO M. GARCÍA
DIRECTOR GENERAL DE CATASTRO
ANEXO
http://goo.gl/JxVcS9
DIRECCIÓN GENERAL DE
CATASTRO
Resolución N° 247 Córdoba, 02 de Octubre de 2015.-
VISTO: Las actuaciones administrativas contenidas en el Expediente N° 0385-001024/2015 del registro de esta Agencia Córdoba
Cultura S.E. en el cual se tramita el Llamado a Licitación Pública a los fines de contratar el Servicio de Vigilancia y Seguridad del
Personal, Instalaciones y Bienes dependientes de esta Sociedad de Estado.-
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 02 luce nota suscripta por la Directora de Administración, Cra. Gisela Zanon, informando la necesidad de hacer un llamado
a Licitación Pública para la contratación del servicio de Vigilancia y Seguridad del Personal e Instalaciones para la Sede Central y
sus respectivas dependencias de esta Agencia.-
Que a fs. 06/34 obra Pliego de Condiciones Generales y Condiciones Particulares que servirá de base para el presente llamado
a Licitación Pública.-
Por ello, en virtud de lo determinado en el Pliego de Condiciones Generales y Particulares, lo establecido en el Título III, Capítulo
1°, inc. c) del Manuel de Procedimientos de esta Agencia Córdoba Cultura S.E. aprobado por Acta de Directorio N°02 de fecha 12/
07/12, Ley de Presupuesto Anual 2015 N°10.248 y lo dictaminado por la Subdirección de Jurisdicción Legales y Despacho bajo el
número 118/2015, y en uso de las atribuciones que le son propias;
AGENCIA CORDOBA
CULTURA S.E.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR