Resolución N° 12/SSPMO/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición26 de Julio de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.º 12/SSPMO/21
Buenos Aires, 21 de julio de 2021
VISTO: La Ley N° 2148 (texto consolidado por Ley N° 6347), el Decreto N°
463/GCABA/2019 y el EX-2021- 21515526-GCABA-DGDEI, y
CONSIDERANDO:
Que, por los presentes actuados, se ha estudiado el comportamiento circulatorio de los
siguientes tramos de arterias:
Tte. Cnel. Casimiro Recuero entre Martínez Castro y Laguna.
Toledo entre Vinchina y Laguna.
Laguna entre Toledo y avenida Eva Perón.
Que, analizada por parte de la Gerencia Operativa de Proyectos de la Movilidad la
cuadrícula circulatoria que integran las arterias mencionadas, mediante el Informe
Técnico N°IF-2021-21515098-GCABA-DGDEI, se concluyó que es necesario llevar a
cabo el cambio de sentido circulatorio de las arterias Toledo entre Vinchina y Laguna,
de sureste a noroeste (SE-NO), Laguna entre Toledo y avenida Eva Perón, de sur a
norte (S-N) y Tte. Cnel. Casimiro Recuero entre Martínez Castro y Laguna de doble
sentido circulatorio, para así mejorar la accesibilidad en el entorno;
Que el Decreto N° 463/GCBA/19, aprobó la estructura orgánico funcional dependiente
del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con las
responsabilidades primarias y objetivos de las unidades de organización integrantes
de este Gobierno, contemplando a la Secretaria de Transporte y Obras Públicas como
dependiente de Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que mediante el citado Decreto se contempló en la órbita de la Secretaría de
Transporte y Obras Públicas a la Subsecretaría de Planificación de la Movilidad;
Que de conformidad con el Decreto N° 463/GCBA/19 y sus modificatorios, se
contemplaron dentro de las Responsabilidades Primarias de la Subsecretaría de
Planificación de la Movilidad, la de “Planificar, implementar y evaluar proyectos de
transporte y tránsito y/o programas y servicios que mejoren la movilidad, la circulación
y el tránsito en la Ciudad de Buenos Aires” y la de “Planificar e implementar estudios y
proyectos para el ordenamiento de la circulación vehicular y peatonal coordinando y
modernizando los sistemas de tecnología de tránsito y de información al usuario, en
concordancia con las políticas y planes determinados por los organismos competentes
en materia de planeamiento urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.
Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias,
LA SUBSECRETARIA DE PLANIFICACIÓN
DE LA MOVILIDAD
RESUELVE
Artículo 1º - Inclúyese, con carácter experimental y por el término de 90 días, en las
disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado referido a
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6179 - 26/07/2021

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