Resolución Nº 12/GCABA/SSDHPC/16

FirmantesMalewicz
EmisorSUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS Y PLURALISMO CULTURAL

VISTO:

El Decreto N° 556/10, su modificatorio Decreto N° 752/10, el EX N° 4.269.724-

MGEYA-SSDHPC/16, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto se inició el trámite para la aprobación del

gasto por un servicio de instalación eléctrica provisoria de fuerzas motrices y auxiliares

para eventos varios en vía pública prestado a esta Subsecretaria de Derechos

Humanos y Pluralismo Cultural;

Que resultó de imprescindible necesidad la contratación del servicio antes mencionado

atento a la urgencia de la presentación de diversos eventos con el fin de mejorar la

operativa y la logística de esta dependencia y agilizar de este modo la información y

difusión de los temas que son de la competencia de esta Subsecretaria de Derechos

Humanos y Pluralismo Cultural;

Que la presente necesidad y urgencia de la contratación se fundamenta en que las

diferentes modalidades de compras en el portal de Buenos Aires Compras no se

adecuan al calendario operativo de esta Subsecretaria de Derechos Humanos y

Pluralismo Cultural;

Que los convenios marco vigentes en el portal de Buenos Aires Compras, como ser el

623-47-CM15 de alquiler de equipamiento para eventos en vía pública no contempla el

mencionado servicio;

Que además para la prestación del servicio se debe contar con permisos y

habilitaciones para operar en vía pública, otorgados por las empresas prestadoras del

servicio de electricidad a nivel nacional;

Que a tales efectos se solicitaron presupuestos a las empresas PAMPIN LUCES S.R.L

(CUIT 30-64544968-8);MARIO BUSTOS (CUIT 20-11994695-7) e INSTAL

ELECTRICS de Juan Carlos Conradi (20-28033441-4) resultando ser la cotización de

la firma MARIO BUSTOS la más conveniente en lo que respecta a precio y calidad;

Que la empresa seleccionada reúne los requisitos previstos en la normativa vigente

para la aprobación del presente gasto;

Que el Decreto N° 556/2010 y su modificatorio Decreto N° 752/2010, facultan a los

funcionarios del Poder Ejecutivo de la Ciudad a aprobar gastos que sean de

imprescindible necesidad en cada jurisdicción, y que no puedan ser gestionados

mediante los procedimientos vigentes en materia de compras y...

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