Resolución Nº 12/GCABA/SECCCYFP/16

FirmantesUhalde
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSecretarÍA de Cultura Ciudadana y FunciÓN PÚBlica
Fecha de la disposición25 de Febrero de 2016

VISTO:

Los Decretos N° 224/13, N° 353/14, N° 539/14N° 297/15 y N° 386/15; las

Resoluciones Conjuntas N° 11-SECLYT/13, N° 10-SECLYT/14, la Resolución N° 1727-

MHGC/15, y los Expedientes N°s 6883556-MGEYA-SECCCYFP/16, 6438495-

MGEYA-SECCCYFP/16, 6876489-MGEYA-SECCCYFP/16,

6925618-MGEYA-

SECCCYFP/16, 6177523-MGEYA-SECCCYFP/16, 6877027-MGEYA-SECCCYFP/16

y

CONSIDERANDO:

Que por la presente actuación tramita la contratación de diversas personas, bajo la

figura de locación de obra en el modo, forma y período que se detalla en el Anexo I de

la presente;

Que por el Decreto N° 224/13 se estableció que la contratación, modificación,

ejecución y extinción de los contratos celebrados bajo el régimen de Locación de

Obras y Servicios, deberán tramitar utilizando el Módulo "LOyS" del Sistema de

Administración de Documentos Electrónicos -SADE;

Que, en el artículo 2° del citado Decreto se facultó al/la titular de la Vicejefatura de

Gobierno, a los/as Ministros/as, Secretarios/as y Subsecretarios/as del Poder Ejecutivo

y a los funcionarios con rango o nivel equivalente, a contratar hasta un monto máximo

de pesos veinte mil ($20.000), mensuales por contrato, dentro de su disponibilidad

presupuestaria;

Que, en el artículo 6° del Decreto N° 224/13, se fijó en sesenta (60) días corridos el

plazo máximo que podrá transcurrir desde el inicio de la prestación celebrada bajo el

régimen de locación de servicios o de obra, hasta la firma de la respectiva resolución

autorizante;

Que la Resolución N° 1.727-MHGC/15, en su artículo 1°, eleva el monto mensual

máximo de las contrataciones antes mencionadas, hasta la suma de pesos cuarenta

mil ($ 40.000.-);

Que por la Resolución Conjunta N° 11-SECLYT/13 y su modificatoria N° 10-

SECLYT/14 se aprobó el procedimiento administrativo electrónico para las

contrataciones de locación de servicios y de obra que deberán tramitar por Expediente

Electrónico, mediante el Módulo "LOyS" del Sistema de Administración de

Documentos Electrónicos-SADE;

Que el Decreto N° 353/14 en su artículo 2° instruye a la Jefatura de...

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