Resolución Nº 12 de 12 de Enero de 2007
Fecha de disposición | 12 Enero 2007 |
Fecha de publicación | 25 Enero 2007 |
Número de Gaceta | 25582 |
La Plata, 12 de enero de 2007.
VISTO la necesidad de proceder a la renovación de los Permisos Provinciales de pesca comercial correspondientes al año 2007, conforme a la Resolución SSAPyDD 7/06 y a las prescripciones de la Ley 11.477 y su Decreto Reglamentario Nro. 3237/95, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario continuar con el ordenamiento administrativo para las gestiones de tramitación de los Permisos de Pesca comercial para el año 2007;
Que es menester regular la emisión de los Permisos de Pesca con el objeto de tender al reordenamiento de la actividad pesquera con un criterio adaptativo y a la explotación sustentable de los recursos pesqueros bajo administración de la Provincia de Buenos Aires, en el marco de la normativa vigente;
Que resulta necesario asegurar la continuidad de la ejecución de las actividades pesqueras, por parte de aquellos Permisionarios que se encuentran en condiciones a criterio de esta Autoridad de Aplicación, de realizar la actividad conforme a lo normado por Resolución 07/06 y sujeto a las pautas y condiciones establecidas en el presente Acto;
Que para la emisión de los permisos o autorizaciones de pesca, esta Autoridad de Aplicación tomará en consideración el cumplimiento de la normativa vigente en los años precedentes por parte de propietarios, armadores y patrones de la embarcación;
Que no se emitirán permisos a aquellos solicitantes que no hayan regularizado el pago de las sanciones firmes por infracción a las normas para el ejercicio de la pesca bajo administración de la Provincia de Buenos Aires, conforme al Art. 17 de la Resolución SSAPyDD Nro. 7/06 ;
Que conforme el artículo 18 de la Resolución 07/06 el beneficiario del Permiso de Pesca será notificado de su condición en el Registro de Buques Pesqueros (Res. SSAP 547/04), por medio de un informe que acompañara a dicho acto y servirá a todos los efectos legales de notificación fehaciente;
Que es necesario continuar con las medidas de manejo de los recursos pesqueros bajo la administración de la Provincia de Buenos Aires, cuya tutela compete a la Subsecretaría de Actividades Pesqueras y Desarrollo del Delta, de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial de Pesca 11.477 y su Decreto Reglamentario 3237/95;
Que el/los Permisionario/s y/o responsables de la operación de pesca deberán dar cumplimiento a la Ley Provincial 11.477, su Decreto Reglamentario 3237/95 y a todas las normas Provinciales vigentes en la materia, incluyendo a las demás cláusulas que se agreguen en la presente Resolución y las normas que se pudieren dictar en lo sucesivo;
Que los beneficiarios...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba