Resolución N° 1198/ERSP/17

EmisorEnte Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición24 de Agosto de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 1198/ERSP/17
Buenos Aires, 6 de diciembre de 2017
VISTO:
el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley Nº 210, la Licitación
Pública Nacional e Internacional para la Contratación de los Servicios de Higiene
Urbana Nº 997/2013, el Reglamento de Procedimientos de Controversias y Sanciones
del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires aprobado por Resolución del Directorio Nº 28/2001 y su modificatoria Nº
51/2002, el Acta de Directorio Nº 670 del 20 de septiembre de 2017, el Expediente Nº
5288/EURSPCABA/2016, y
CONSIDERANDO:
Que, conforme el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad el Ente Único Regulador de
los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejerce el control,
seguimiento y resguardo de los servicios públicos cuya prestación o fiscalización se
realice por la administración central y descentralizada o por terceros para la defensa y
protección de los derechos de sus usuarios y consumidores, de la competencia y del
medio ambiente, velando por la observancia de las leyes que se dicten al respecto;
Que, de acuerdo con el Art. 2º inc. c) de la Ley Nº 210, entre los servicios bajo su
control se encuentra la higiene urbana, incluida la disposición final;
Que, por tratarse de un servicio público local, compete al ERSP el ejercicio de las
funciones enumeradas en el Art. 3º de la Ley Nº 210, sin ningún tipo de limitación,
independientemente de la calidad de las normas que integran el marco regulatorio;
Que, el Expediente Nº 5288/EURSPCABA/2016 se inicia a raíz de la denuncia
efectuada en el mes de mayo de 2016 por Omisión de levantamiento de restos de
obras y demoliciones, en la denominada zona 2 a cargo de la empresa Cliba
Ingeniería Urbana SA;
Que, no genera dudas la calificación como servicio público y la inclusión entre las
prestaciones sujetas al control del ERSP conforme Omisión de levantamiento de
restos de obras y demoliciones, conforme Título Tercero, Anexo II Servicio de
recolección, Punto 7, del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública
Nacional e Internacional para la Contratación de los Servicios de Higiene Urbana Nº
997/2013;
Que, a fs. 4 y 7 obran planilla de denuncia y la notificación vía correo electrónico.
Cumplido el plazo, a fs. 8 obra el Acta de Fiscalización Nº 00161486/ERSP/2016, del
día 10/03/2016, la cual expresa que en la calle French 2274 se detectó la omisión de
levantamiento de restos de obras y demoliciones;
Que, a fs. 13/14, el Área Técnica en su Informe Preliminar Nº 2813/ACA/2016
recomienda el inicio del correspondiente sumario. Consecuentemente, a fs. 17 la
Asesoría Legal de Sumarios y Contencioso dispuso la apertura del sumario,
notificando a fs. 20 a la empresa sumariada la presunta infracción por ella cometida;
Que, la empresa no ha presentado descargo alguno;
Que, a fs. 25/27 el Área Técnica en su Informe Nº 1786/ACA/2016 ratifica el criterio
expuesto en el Informe Preliminar considerando que lo actuado determina un cuadro
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5442 - 24/08/2018

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