Resolución N° 1194/ERSP/17

EmisorEnte Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición13 de Agosto de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 1194/ERSP/17
Buenos Aires, 6 de diciembre de 2017
VISTO:
el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley Nº 210, la Licitación
Pública Nacional e Internacional para la Contratación de los Servicios de Higiene
Urbana Nº 997/2013, el Reglamento de Procedimientos de Controversias y Sanciones
del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires aprobado por Resolución del Directorio Nº 28/2001 y su modificatoria Nº
51/2002, el Acta de Directorio Nº 670 del 20 de septiembre de 2017, el Expediente Nº
5565/EURSPCABA/2015, y
CONSIDERANDO:
Que, conforme el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad el Ente Único Regulador de
los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejerce el control,
seguimiento y resguardo de los servicios públicos cuya prestación o fiscalización se
realice por la administración central y descentralizada o por terceros para la defensa y
protección de los derechos de sus usuarios y consumidores, de la competencia y del
medio ambiente, velando por la observancia de las leyes que se dicten al respecto;
Que, de acuerdo con el Art. 2º inc. c) de la Ley Nº 210, entre los servicios bajo su
control se encuentra la higiene urbana, incluida la disposición final;
Que, por tratarse de un servicio público local, compete al ERSP el ejercicio de las
funciones enumeradas en el Art. 3º de la Ley Nº 210, sin ningún tipo de limitación,
independientemente de la calidad de las normas que integran el marco regulatorio;
Que, el Expediente Nº 5565/EURSPCABA/2016 se inicia a raíz de las denuncias
TAMB7768, TAMB7761, PAMB7770, PAMB7766, TAMB8092, PAMB7677,
PAMB7660, TAMB8147, PAMB7808 durante el mes de Noviembre de 2015 por
Omisión de Reparación de Contenedores de Residuos Domiciliarios, Omisión de
Reparación de Cestos Papeleros, Omisión de vaciado de Contenedores de Residuos
Domiciliarios, Ausencia del Servicio de Barrido y Omisión de levantamiento de restos
de obras y demoliciones, en la denominada zona 2 a cargo de la empresa Cliba
Ingeniería Urbana SA;
Que, a fs. 4-8 de la denuncia TAMB7768 obran planilla de denuncia y la notificación
vía correo electrónico. Cumplido el plazo, a fs. 5 se labró el Acta de Fiscalización Nº
143376/ERSP/2015, del día 11/11/2015, la cual expresa que en la calle Zapiola 2400
se detectó Ausencia del Servicio de Barrido;
Que, a fs. 15-18 de la denuncia TAMB7761 obran planilla de denuncia y la notificación
vía correo electrónico. Cumplido el plazo, a fs. 19 se labró el Acta de Fiscalización Nº
143753/ERSP/2015, del día 13/11/2015, la cual expresa que en la calle Blanco
Encalada 3346 con etiqueta nº 88490 con fecha 11/11/15 se detectó Omisión de
Reparación de Cestos Papeleros;
Que, a fs. 27-33 de la denuncia PAMB7770 obran planilla de denuncia web y la
notificación vía correo electrónico. Cumplido el plazo a fs. 30 se labró el Acta de
Fiscalización Nº 144289/ERSP/2015, del día 19/11/2015, la cual expresa que en la
calle Zapiola 2000 se detectó Ausencia del Servicio de Barrido;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5434 - 13/08/2018

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