Resolución N° 11891-MCGC/17

EmisorMinisterio de Cultura
Fecha de la disposición19 de Enero de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2017 Año de las Energías Renovables"
RESOLUCIÓN N.º 11.891/MCGC/17
Buenos Aires, 20 de diciembre de 2017
VISTO:
La Ley N° 2.264, la Resolución Nº 648/MCGC/10 y el Expediente Electrónico N°
22.254.302/MGEYA-DGTALMC/15, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2.264 creó el Régimen de Promoción Cultural de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires;
Que dicha Ley establece que el Ministerio de Cultura es la autoridad de aplicación de
la misma y en ese carácter le encomienda funciones, entre las que se encuentra la de
aprobar, objetar o rechazar con causa fundada las rendiciones de cuentas
documentadas que deben presentar los beneficiarios del Régimen;
Que la Resolución Nº 648/MCGC/10 establece que los beneficiarios del Régimen
deben presentar un Informe de Actividades y un Informe Financiero referidos al
proyecto realizado, como así también determina el plazo en el que debe cumplirse con
la presentación de dicha rendición;
Que por los presentes tramitó el proyecto Nº 2870/RPC/15 titulado "Alegría Intensiva
animada para niños sordos", siendo responsable del mismo Alegría Intensiva para
llevar alegría a los niños hospitalizados o enfermos Asociación Civil CUIT 30-
71090708-7, el cual fue aprobado mediante Resolución Nº 6962/MCGC/15 por resultar
el mismo de interés cultural para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que se estableció mediante la mencionada Resolución que el financiamiento del
proyecto aprobado podría alcanzar la suma máxima de $ 1.600.000,-;
Que la responsable del proyecto ha presentado en tiempo y forma los informes
requeridos a modo de rendición, constando que el monto total ejecutado es de $
1.624.528,62, los rubros a los que se aplicaron los fondos se ajustan a los
oportunamente presupuestados y los comprobantes adjuntados como prueba cumplen
en sus aspectos formales con los requerimientos legales vigentes;
Que la Gerencia Operativa Regímenes de Promoción Cultural informa que la
recaudación vía Régimen Mecenazgo asciende a la suma de $ 1.600.000.- y que el
monto restante fue aportado por la beneficiaria;
Que corresponde dar por cumplidas las obligaciones relacionadas con la ejecución del
proyecto Nº 2870/RPC/15 por el monto establecido mediante la Resolución Nº
6962/MCGC/15;
Por ello y en uso de las atribuciones establecidas en la Ley N° 2.264 y la Resolución
Nº 648/MCGC/10,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE
Artículo 1°.- Dense por cumplidas las obligaciones de la beneficiaria de la Resolución
Nº 6962/MCGC/15, Alegría Intensiva para llevar alegría a los niños hospitalizados o
enfermos Asociación Civil CUIT 30-71090708-7, en concepto de gastos relacionados
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5298 - 19/01/2018

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