Resolución N° 1184

EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición30 de Octubre de 2014
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCVIII - Nº 190 CÓRDOBA, 3 de noviembre de 20144
Resolución N° 1184
Córdoba, 30 de Octubre de 2014.-
VISTO: El proceso de adecuación de trámites
administrativos en el marco de los principios de
celeridad sencillez y eficacia establecido por el
art. 7° de la Ley N° 5350 (T.O. por Ley N°
6658);
Y CONSIDERANDO:
Que a la fecha las Certificaciones de Servicios
de docentes dependientes de institutos
educativos de gestión privada adscriptos,
emitidos por sus representantes legales, con
antelación a ser presentados ante la Caja de
Jubilaciones Pensiones y Retiros de Córdoba
, debían ser a su vez certificados por la
Dirección General de Institutos Privados de
Enseñanza.
Que en tal orden de ideas el citado ente pre-
visional, ha resuelto abreviar el procedimiento
de aplicación habilitando la recepción de las
mencionadas certificaciones de servicios con
la sola intervención del representante legal del
establecimiento que lo emite.
Por ello y facultades que le son propias;
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Artículo 1°. DEJAR sin efecto la intervención
previa de la Dirección General de Institutos
Privados de Enseñanza, en referencia a las
certificaciones de servicios emitidas por los
representantes legales de los institutos privados
adscriptos, quedando autorizada la presen
tación de estas certificaciones por ante la Caja
de Jubilaciones Pensiones y Retiros de
Córdoba.
Artículo 2°. PROTOCOLICESE, comuní
quese, publíquese en el Boletín Oficial y
archívese.
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
MINISTERIO DE
EDUCACIÓN

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