Resolución N° 118/AGC/19

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición 3 de Abril de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN N.° 118/AGC/19
Buenos Aires, 28 de marzo de 2019
VISTO:
Las Leyes Nros. 2.624 (texto consolidado Ley N° 6.017) y 6.100, el Decreto N°
58/GCABA/19, Resoluciones Nros. 22/SSCC/07, 18/AGC/12, 119/AGC/12 y
120/AGC/12, el Expediente Electrónico N° 2019-08953288-GCABA-AGC, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 2.624 se creó la Agencia Gubernamental de Control, entidad
autárquica en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, a efectos de controlar, fiscalizar y regular, en el marco del ejercicio
del poder de policía, en lo que respecta al otorgamiento de permisos para ciertas
actividades y a las obras civiles, públicas y privadas, comprendidas por el Código de la
Edificación;
Que a través de la Ley N° 6.100 la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó el
Código de Edificación de la Ciudad de Buenos Aires que reemplaza al Anexo A de la
Ordenanza N° 34.421;
Que asimismo el Código de Edificación en su Artículo 2.1.11 enuncia que el
Profesional debe informar el inicio, avance y finalización de las obras de acuerdo a las
condiciones establecidas en los Reglamentos Técnicos que establezca la Autoridad de
Aplicación, y en su Artículo 2.1.14 establece que el organismo competente tiene la
facultad de inspeccionar las obras en ejecución y actuar sobre aquellas en
contravención;
Que en tal sentido, el artículo 3° del Decreto N° 58/GCABA/19 estipula que "la Agencia
Gubernamental de Control dictará las normas de aplicación en materia de
verificaciones especiales, de inspección respecto de la conservación y mantenimiento
de instalaciones, de terrenos, de inmuebles, de edificios y de obras, así como también
de obras de contravención y todo aquello que se encuentre relacionado con la
fiscalización y control";
Que el titular de la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras mediante IF-
09295812-GCABA-DGFYCO solicitó "...tener a bien arbitrar los medios necesarios
para poder emitir los actos administrativos correspondientes a fin de reglamentar las
cuestiones técnicas de los Artículos 2.1.11 y 2.1.14 del Nuevo Código de Edificación,
de acuerdo los IF-2019-09294255-GCABA-DGFYCO y IF-2019-09294355-GCABA-
DGFYCO...";
Que en atención a lo expuesto, deviene necesario dejar sin efecto las Resoluciones
Nros. 22/SSCC/07, 18/AGC/12, 119/AGC/12 y 120/AGC/12 y aprobar el procedimiento
para la Declaración de Inicio, Avance y Finalización de Obra y Fiscalización de obra;
Que oportunamente tomo intervención la Subsecretaría de Desarrollo Económico del
Ministerio de Economía y Finanzas mediante NO-2019-09494377-GCABA-SSDECO
prestando conformidad al proyecto bajo estudio;
Que la Dirección General Legal y Técnica de esta Agencia Gubernamental de Control
ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 11 inc. e) de la Ley N°
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5590 - 03/04/2019

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