Resolución N° 116/OGDAI/19

EmisorVicejefatura de Gobierno
Fecha de la disposición13 de Junio de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN N.° 116/OGDAI/19
Buenos Aires, 7 de junio de 2019
VISTO: La Ley N°104 (texto consolidado por la Ley N°6.017), los Decretos N°260/17,
N°427/17, N°432/17 y N°13/18, y los expedientes electrónicos EX-2018-34393719-
MGEYA, EX-2018-34390548-MGEYA, EX-2018-34390694-MGEYA, EX-2018-
34390871-MGEYA, EX-2018-34391027-MGEYA, EX-2018-34389201-MGEYA, EX-
2018-34386389-MGEYA, EX-2018-34386574-MGEYA, EX-2018-34385341-MGEYA,
EX-2018-34399396-MGEYA, EX-2018-34412000-MGEYA, EX-2018-34404568-
MGEYA, EX-2018-34404714-MGEYA, EX-2018-34404906-MGEYA, EX-2018-
34399583-MGEYA, EX-20118-34399768-MGEYA, EX-2018-34399941-MGEYA, EX-
2018-34400101-MGEYA, EX-2018-31900714-MGEYA, EX-2018-34395205-MGEYA,
EX-2018-34395343-MGEYA, EX-2018-34395482-MGEYA, EX-2018-34395592-
MGEYA, EX-2018-34395757-MGEYA, EX-2018-34393607-MGEYA y,
CONSIDERANDO:
Que mediante las presentes actuaciones tramitan 25 (VEINTICINCO) reclamos
interpuestos el 18 de diciembre del año 2018 en los términos del artículo 32 de la Ley
N°104 (texto consolidado por Ley N°6.017), en adelante Ley N°104, por la Laura
Vanina Gómez contra la Junta Comunal N° 10;
Que previo a continuar, se deja constancia que se hará uso de la facultad prevista en
el inciso b) del artículo 26 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Cuidad de
Buenos Aires (Anexo A del Decreto N°1510/97; t.c. Ley N°6.017) y se decidirá en la
presente resolución todos los reclamos iniciados el 18 de diciembre de 2018 dado que,
por sus identidades entre el objeto del pedido de información pública y el sujeto
obligado con sus respuestas, corresponde su acumulación para evitar el dispendio
procesal de diligenciar trámites similares, con asimismo el fin de evitar resoluciones
contradictorias;
Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 26, incisos a), c), d) y f), de la Ley N°104,
es atribución del Órgano Garante del Derecho de Acceso a la Información supervisar
de oficio el efectivo cumplimiento del derecho de acceso a la información pública por
parte de los sujetos obligados, recibir y resolver los reclamos que ante él se
interpongan, mediar entre los solicitantes de información y los sujetos obligados, y
formular recomendaciones vinculadas al cumplimiento de la normativa, a la mayor
transparencia en la gestión, y al cumplimiento del ejercicio del derecho de acceso a la
información pública, entre otras funciones;
Que, conforme al artículo 32 de la Ley N°104, aquellas personas que han realizado
una solicitud de información quedan habilitadas a interponer un reclamo ante este
Órgano Garante, con la finalidad de iniciar una instancia de revisión, en el caso de
denegatoria expresa o tácita de un pedido de acceso, según lo disponen los artículos
12 y 13 de la Ley N°104;
Que el 22 de noviembre de 2018, la señora Laura Vanina Gómez presentó 25
(veinticinco) pedidos de información pública en los que solicitó se le informe, entre
otras consultas, cuáles fueron los motivos del gasto que obraban en distintas facturas
correspondientes a la Caja Chica Común de la Junta Comunal N° 10;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5638 - 13/06/2019

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