Resolución Nº 116 'A'

EmisorMinisterio de Justicia y Derechos Humanos
Fecha de la disposición 4 de Mayo de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXVIII - Nº 108
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 2 DE JUNIO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
los requisitos formales, scales, estatutarios y legales con relación a la
Asamblea Ordinaria, celebrada con fecha 21 de Noviembre de 2015 por la
Entidad Civil denominada “FEDERACION ARGENTINA DE GASTROEN-
TEROLOGIA, CUIT N° 30-70718169-5 con asiento en la Ciudad de Córdo-
ba, Provincia de Córdoba, en la cual se resolvió la Reforma del Estatuto,
modicando los artículos N° 10 y 14 en procura de mejorar el funciona-
miento de la Entidad.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en el arts.-148 inc. b)
–169,174 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las fa-
cultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley Nº 8652.
LA DIRECCIÓN DE INSPECCION DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º.- APROBAR la Reforma del Estatuto Social, sancionada en
Asamblea General Ordinaria, celebrada con fecha 21 de Noviembre de
2015, modificando los artículos N° 10 y 14 de la Entidad Civil denomi-
nada “FEDERACION ARGENTINA DE GASTROENTEROLOGIA, CUIT
N° 30-70718169-5 con asiento en la Ciudad de Córdoba,, Provincia de
Córdoba.
Artículo 2º.- DECLARAR subsistente la Personería Jurídica otor-
gada por Resolución N° 289 ”A”/99 de fecha 27 de Septiembre de 1999.-
Artículo 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el
Boletín Oficial de la Provincia, vuelva al Área de Civiles y Fundaciones
para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
FDO: GUILLERMO F. GARCÍA GARRO, DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 116 - Letra:A
Córdoba, 4 de Mayo de 2016
VISTO: El Expediente Nº 0007-121240/2015 mediante el cual la Enti-
dad Civil denominada “FUNDACION HOGAR EVANGELICO DE NIÑOS
RIO SEGUNDO”, con asiento en la Ciudad de Río Segundo, Provincia de
Córdoba, solicita aprobación de la Reforma del Estatuto, dispuesta en
Asamblea Ordinaria con fecha 25 de Julio de 2015.-
Y CONSIDERANDO:
Que atento las constancias obrantes en autos, se estiman cumplidos
los requisitos formales, scales, estatutarios y legales con relación a la
Asamblea Ordinaria, celebrada con fecha 25 de Julio de 2015 por la En-
tidad Civil denominada “FUNDACION HOGAR EVANGELICO DE NIÑOS
RIO SEGUNDO”, CUIT N° 30-70726733-6, con asiento en la Ciudad de Río
Segundo, Provincia de Córdoba, en la cual se resolvió la Reforma del Esta-
tuto, modicando el artículo N° 10 en procura de mejorar el funcionamiento
de la Entidad.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en el arts.-148 inc. b)
–169,174 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las fa-
cultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley Nº 8652.
LA DIRECCIÓN DE INSPECCION DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º.- APROBAR la Reforma del Estatuto Social, sancionada en
Asamblea Ordinaria, celebrada con fecha 25 de Julio de 2015, modicando
el artículo N° 10 de la Entidad Civil denominada “FUNDACION HOGAR
EVANGELICO DE NIÑOS RIO SEGUNDO”, CUIT N° 30-70726733-6, con
asiento en la Ciudad de Río Segundo, Provincia de Córdoba.
Artículo 2º.- DECLARAR subsistente la Personería Jurídica otorgada
por Resolución N° 117 ”A”/00 de fecha 229 de Marzo de 2000.-
Artículo 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial de la Provincia, vuelva al Área de Civiles y Fundaciones para la
inscripción en el registro pertinente y archívese.-
FDO: GUILLERMO F. GARCÍA GARRO, DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA NUMERO: DOSCIENTOS TREINTA Y
CUATRO. En la ciudad de Río Cuarto, a los diecisiete días del mes de
mayo de dos mil dieciséis, los Señores Vocales de las Cámaras de Ape-
laciones en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de Primera y
Segunda Nominación de la Segunda Circunscripción Judicial, Dres. Eduar-
do Cenzano, Rosana de Souza, María Adriana Godoy de López, Daniel
Gaspar Mola y José María Herrán, reunidos en Colegio ACORDARON:
Y VISTO: I) Que mediante Resolución Administrativa Número Doscientos
veintinueve del 6 de noviembre del 2015 y su recticatoria Número Dos-
cientos treinta y uno del 23 de noviembre del mismo año, dictadas por
ambas Cámaras con competencia especíca en materia concursal, se
dispuso convocar a inscripción para integrar la Lista de Síndicos (cate-
gorías A y B) para la Segunda Circunscripción Judicial, en cumplimiento
del Acuerdo Reglamentario Nro. 303, Serie A, del 02/10/1995, del Excmo.
Tribunal Superior de Justicia y de conformidad a las pautas jadas por el
Reglamento Único aprobado por el Alto Cuerpo mediante Acuerdo Regla-
mentario Nº 958, Serie A, del 09/12/2008 modicado por Acuerdo Regla-
mentario Nº 1270 del 17/03/2015. II) Que en la Convocatoria se dispuso
que los aspirantes debían presentar las respectivas solicitudes a través del
mecanismo de inscripciones on-line y validar la documentación que acre-
dite los antecedentes invocados ante el Consejo Profesional de Ciencias
Económicas, debiendo dicho Organismo, previo a vericar el cumplimiento
de las condiciones y datos exigidos por los arts. 3 a 5 del reglamento, re-
mitir a las Cámaras convocantes la nómina de Estudios y los profesionales
individuales inscriptos. Concretados los pasos mencionados corresponde
a las Cámaras conformar la Lista de síndicos en base al sistema de pre-
ferencias dispuesto por el Reglamento emanado del Tribunal Superior de

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